C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210628-21)
Bases ayudas – Orden de 16 de junio de 2021, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en especie para gastos de material previstas en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021
Pág. 149
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Justicia, Interior y Víctimas
ORDEN de 16 de junio de 2021, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en
especie para gastos de material previstas en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a
Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024.
La Comunidad de Madrid tiene atribuida en el artículo 26.1.28 del Estatuto de Autonomía la competencia exclusiva de coordinación de las policías locales incluidas en su territorio, según la extensión determinada en el artículo 39 de la Ley Orgánica 1/1986, de 13
de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
En desarrollo de dicha competencia, la Comunidad de Madrid ha proporcionado un marco normativo a los distintos municipios que disponen de un Cuerpo de Policía Local, por medio de la legislación en materia de coordinación de policías locales, con la Ley 1/2018, de 22
de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
Con la finalidad de aportar un marco de referencia y orientación de actuaciones en materia de seguridad se aprobó por Acuerdo de 29 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno, la Estrategia de Seguridad Integral en la Comunidad de Madrid 2021-2024. Dentro
de las medidas contenidas en la estrategia, denominada ESICAM179, se contempla como
medida número 2 un Plan de inversiones y compra unificada para la mejora de la dotación
material de los diferentes Cuerpos de Policía Local.
En desarrollo de dicha medida se adoptó el Acuerdo de 29 de diciembre de 2020, del
Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a las policías locales de
la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024 y se autoriza el otorgamiento de la subvención por concesión directa para gastos de personal. Como eje número 2 de dicho Programa se contempla una subvención en especie de medios materiales que se articulará mediante la compra de material por parte de la Comunidad de Madrid destinado a los cuerpos
de policía local participantes en el programa, en cumplimiento de los objetivos establecidos en el mismo para su posterior entrega a los Ayuntamientos.
Asimismo, por Orden de 20 de diciembre del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas
por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Programa de Apoyo a las policías locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024, se aprobó el Plan Estratégico de Subvención en el que se integra la subvención contenida en el citado Programa.
Para garantizar los principios de objetividad, concurrencia, publicidad, transparencia e
igualdad en la concesión de las subvenciones objeto del Plan Estratégico de Subvenciones,
es preciso establecer las bases reguladoras de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 6 de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como la obligación impuesta en el apartado decimocuarto, número 1 del citado Acuerdo de 29 de diciembre del Consejo de Gobierno que aprueba el Programa.
Esta Orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en particular a los principios de necesidad y eficacia, así como de
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Su adecuación a los principios de necesidad y eficacia, viene justificada por la obligación de contar con un marco regulador de la subvención antes citada y en cumplimiento de
las prescripciones del Acuerdo de 29 de diciembre del Consejo de Gobierno que obliga a la
elaboración de unas bases de convocatoria.
Asimismo, se adecúa al principio de proporcionalidad, dado que, las bases contienen la
regulación mínima imprescindible para determinar el marco de la concesión de ayudas en especie para su uso por los cuerpos de policía local de los ayuntamientos participantes en el Programa de Apoyo a las policías locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024.
De la misma forma, esta Orden se adecúa al principio de seguridad jurídica, dado que
su tramitación se ajusta al procedimiento previsto en la normativa vigente de aplicación:
BOCM-20210628-21
21
B.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021
Pág. 149
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Justicia, Interior y Víctimas
ORDEN de 16 de junio de 2021, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en
especie para gastos de material previstas en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a
Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024.
La Comunidad de Madrid tiene atribuida en el artículo 26.1.28 del Estatuto de Autonomía la competencia exclusiva de coordinación de las policías locales incluidas en su territorio, según la extensión determinada en el artículo 39 de la Ley Orgánica 1/1986, de 13
de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
En desarrollo de dicha competencia, la Comunidad de Madrid ha proporcionado un marco normativo a los distintos municipios que disponen de un Cuerpo de Policía Local, por medio de la legislación en materia de coordinación de policías locales, con la Ley 1/2018, de 22
de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
Con la finalidad de aportar un marco de referencia y orientación de actuaciones en materia de seguridad se aprobó por Acuerdo de 29 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno, la Estrategia de Seguridad Integral en la Comunidad de Madrid 2021-2024. Dentro
de las medidas contenidas en la estrategia, denominada ESICAM179, se contempla como
medida número 2 un Plan de inversiones y compra unificada para la mejora de la dotación
material de los diferentes Cuerpos de Policía Local.
En desarrollo de dicha medida se adoptó el Acuerdo de 29 de diciembre de 2020, del
Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a las policías locales de
la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024 y se autoriza el otorgamiento de la subvención por concesión directa para gastos de personal. Como eje número 2 de dicho Programa se contempla una subvención en especie de medios materiales que se articulará mediante la compra de material por parte de la Comunidad de Madrid destinado a los cuerpos
de policía local participantes en el programa, en cumplimiento de los objetivos establecidos en el mismo para su posterior entrega a los Ayuntamientos.
Asimismo, por Orden de 20 de diciembre del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas
por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Programa de Apoyo a las policías locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024, se aprobó el Plan Estratégico de Subvención en el que se integra la subvención contenida en el citado Programa.
Para garantizar los principios de objetividad, concurrencia, publicidad, transparencia e
igualdad en la concesión de las subvenciones objeto del Plan Estratégico de Subvenciones,
es preciso establecer las bases reguladoras de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 6 de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como la obligación impuesta en el apartado decimocuarto, número 1 del citado Acuerdo de 29 de diciembre del Consejo de Gobierno que aprueba el Programa.
Esta Orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en particular a los principios de necesidad y eficacia, así como de
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Su adecuación a los principios de necesidad y eficacia, viene justificada por la obligación de contar con un marco regulador de la subvención antes citada y en cumplimiento de
las prescripciones del Acuerdo de 29 de diciembre del Consejo de Gobierno que obliga a la
elaboración de unas bases de convocatoria.
Asimismo, se adecúa al principio de proporcionalidad, dado que, las bases contienen la
regulación mínima imprescindible para determinar el marco de la concesión de ayudas en especie para su uso por los cuerpos de policía local de los ayuntamientos participantes en el Programa de Apoyo a las policías locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024.
De la misma forma, esta Orden se adecúa al principio de seguridad jurídica, dado que
su tramitación se ajusta al procedimiento previsto en la normativa vigente de aplicación:
BOCM-20210628-21
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