C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20210625-27)
Convocatoria subvenciones – Orden 951/2021, de 10 de junio, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se convocan para 2021 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 150
c) Línea C. Infancia y Familia: 6.992.189,08 euros.
1.o Sublínea 1. Atención integral educativa y sociosanitaria para familias e infancia en situación o riesgo de dificultad social, y con niñas y niños menores
y jóvenes que estén o hayan estado bajo una medida de protección:
4.095.299,33 euros.
2.o Sublínea 2. Promoción de la educación, sanidad y calidad de vida infantil y
protección de los derechos de la infancia: 2.896.889,75 euros.
d) Línea D. Personas con discapacidad: 3.615.883,72 euros.
1.o Sublínea 1. Atención integral dirigida a la promoción de la autonomía personal
y apoyo a la inserción laboral de las personas con discapacidad: 2.365.242,85
euros.
2.o Sublínea 2. Apoyo y descanso para familiares y cuidadores: 1.250.640,87
euros.
e) Línea E. Personas mayores: 2.392.434,43 euros.
1.o Sublínea 1. Atención integral a las personas mayores a través de servicios
que faciliten su permanencia en el domicilio, en su entorno social y familiar
y atiendan situaciones de soledad no deseada tales como proyectos de viviendas compartidas, acompañamiento y apoyo emocional, así como los dirigidos
al apoyo de sus familias y cuidadores: 2.033.569, 26 euros.
2º.o Sublínea 2. Innovación, promoción y apoyo a la autonomía de las personas
mayores, en áreas de atención no atendida por otros servicios: 358.865,17
euros.
f) Línea F. Promoción de la acción voluntaria: 817.499, 23 euros.
g) Línea G. Inserción social en determinados ámbitos: 5.241.457, 43 euros.
1.o Sublínea 1. Jóvenes: 993.009, 96 euros.
2.o Sublínea 2. Personas con VIH-SIDA: 662.055,63 euros.
3.o Sublínea 3. Personas inmigrantes: 2.758.638, 60 euros.
4.o Sublínea 4. Personas drogodependientes: 413.876, 62 euros.
5.o Sublínea 5. Pueblo gitano: 413.876, 62 euros.
3. En el caso de los proyectos de inversión previstos en el apartado quinto de esta Orden, este importe máximo de la subvención queda fijado en:
a) Línea B: 536.695,32 euros.
b) Línea D: 1.595.444, 01 euros.
c) Línea E: 2.705.730,52 euros.
d) Línea F: 31.130, 15 euros.
4. No obstante, si no se agotasen los créditos inicialmente asignados, los remanentes
podrán ser redistribuidos conforme a la siguiente prelación:
a) Proyectos del apartado cuarto de esta orden:
1) En caso de que no se agote el crédito en una sublínea, el remanente se incorporará a otras sublíneas de la misma línea. En caso de existir varias sublíneas
con opción de incrementarse en la misma línea, se incrementará en primer lugar aquellas que tengan menor crédito asignado y así sucesivamente dentro de
la misma línea.
2) Si no se agota el crédito en una línea, se incorporará a la línea con menor crédito asignado y de seguir existiendo sobrante en alguna línea, se incorporará
a la siguiente línea de menor crédito asignado que no haya sido incrementada
previamente y así de forma sucesiva.
3) Si agotadas todas las líneas para proyectos del apartado cuarto de esta orden,
siguiera existiendo crédito sobrante, el remanente se podrá incorporar al crédito para proyectos de inversión del apartado quinto de esta orden, atribuyéndose a aquellos cuyos fines coincidan con la línea con la que originariamente se
produjo el remanente o, en su defecto, con la menor dotada, previa tramitación
de la modificación presupuestaria correspondiente y del expediente de gasto.
b) Proyectos de inversión del apartado quinto de esta orden:
1) En caso de que no se agote el crédito en una línea de inversión, el remanente
se incorporará a la línea de inversión con menor crédito asignado, y en caso
BOCM-20210625-27
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 150
c) Línea C. Infancia y Familia: 6.992.189,08 euros.
1.o Sublínea 1. Atención integral educativa y sociosanitaria para familias e infancia en situación o riesgo de dificultad social, y con niñas y niños menores
y jóvenes que estén o hayan estado bajo una medida de protección:
4.095.299,33 euros.
2.o Sublínea 2. Promoción de la educación, sanidad y calidad de vida infantil y
protección de los derechos de la infancia: 2.896.889,75 euros.
d) Línea D. Personas con discapacidad: 3.615.883,72 euros.
1.o Sublínea 1. Atención integral dirigida a la promoción de la autonomía personal
y apoyo a la inserción laboral de las personas con discapacidad: 2.365.242,85
euros.
2.o Sublínea 2. Apoyo y descanso para familiares y cuidadores: 1.250.640,87
euros.
e) Línea E. Personas mayores: 2.392.434,43 euros.
1.o Sublínea 1. Atención integral a las personas mayores a través de servicios
que faciliten su permanencia en el domicilio, en su entorno social y familiar
y atiendan situaciones de soledad no deseada tales como proyectos de viviendas compartidas, acompañamiento y apoyo emocional, así como los dirigidos
al apoyo de sus familias y cuidadores: 2.033.569, 26 euros.
2º.o Sublínea 2. Innovación, promoción y apoyo a la autonomía de las personas
mayores, en áreas de atención no atendida por otros servicios: 358.865,17
euros.
f) Línea F. Promoción de la acción voluntaria: 817.499, 23 euros.
g) Línea G. Inserción social en determinados ámbitos: 5.241.457, 43 euros.
1.o Sublínea 1. Jóvenes: 993.009, 96 euros.
2.o Sublínea 2. Personas con VIH-SIDA: 662.055,63 euros.
3.o Sublínea 3. Personas inmigrantes: 2.758.638, 60 euros.
4.o Sublínea 4. Personas drogodependientes: 413.876, 62 euros.
5.o Sublínea 5. Pueblo gitano: 413.876, 62 euros.
3. En el caso de los proyectos de inversión previstos en el apartado quinto de esta Orden, este importe máximo de la subvención queda fijado en:
a) Línea B: 536.695,32 euros.
b) Línea D: 1.595.444, 01 euros.
c) Línea E: 2.705.730,52 euros.
d) Línea F: 31.130, 15 euros.
4. No obstante, si no se agotasen los créditos inicialmente asignados, los remanentes
podrán ser redistribuidos conforme a la siguiente prelación:
a) Proyectos del apartado cuarto de esta orden:
1) En caso de que no se agote el crédito en una sublínea, el remanente se incorporará a otras sublíneas de la misma línea. En caso de existir varias sublíneas
con opción de incrementarse en la misma línea, se incrementará en primer lugar aquellas que tengan menor crédito asignado y así sucesivamente dentro de
la misma línea.
2) Si no se agota el crédito en una línea, se incorporará a la línea con menor crédito asignado y de seguir existiendo sobrante en alguna línea, se incorporará
a la siguiente línea de menor crédito asignado que no haya sido incrementada
previamente y así de forma sucesiva.
3) Si agotadas todas las líneas para proyectos del apartado cuarto de esta orden,
siguiera existiendo crédito sobrante, el remanente se podrá incorporar al crédito para proyectos de inversión del apartado quinto de esta orden, atribuyéndose a aquellos cuyos fines coincidan con la línea con la que originariamente se
produjo el remanente o, en su defecto, con la menor dotada, previa tramitación
de la modificación presupuestaria correspondiente y del expediente de gasto.
b) Proyectos de inversión del apartado quinto de esta orden:
1) En caso de que no se agote el crédito en una línea de inversión, el remanente
se incorporará a la línea de inversión con menor crédito asignado, y en caso
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