C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20210625-27)
Convocatoria subvenciones – Orden 951/2021, de 10 de junio, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se convocan para 2021 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 150
c) Proyectos que cuenten con un plan de evaluación y de grado de cumplimiento de
los objetivos: hasta 7 puntos.
1. Se darán 7 puntos a los proyectos cuyo plan de evaluación incluya, como mínimo:
— Grado de consecución del objetivo general y de los objetivos intermedios
establecidos.
— Determinación de las actividades realizadas, grado de ajuste a lo previsto
en la programación y estimación de su contribución al logro de los objetivos.
— Valoración de los destinatarios últimos y posibles mejoras.
— Indicación de quién efectuará la evaluación.
— Indicación del momento en el que se realizará la evaluación.
— Indicación del procedimiento de evaluación y de recogida de datos.
— Estudio comparativo con los resultados obtenidos en años anteriores.
2. Se darán 5 puntos a los proyectos cuyo plan de evaluación incluya, como mínimo:
— Grado de consecución del objetivo general y de los objetivos intermedios
establecidos.
— Determinación de las actividades realizadas, grado de ajuste a lo previsto
en la programación y estimación de su contribución al logro de los objetivos.
— Valoración de los destinatarios últimos y posibles mejoras.
— Indicación de quién efectuará la evaluación.
— Indicación del momento en el que se realizará la evaluación.
— Indicación del procedimiento de evaluación y de recogida de datos.
d) Actuaciones Innovadoras: hasta 8 puntos.
Se asignarán hasta 8 a aquellos proyectos que incorporen propuestas que supongan un cambio en los modelos, procesos y forma de prestar los servicios y que creen relaciones sociales y nuevas formas de colaboración, de acuerdo con la siguiente distribución:
1. Se puntuarán con 8 puntos aquellos proyectos que, presentando las características definidas en el enunciado del apartado, reúnan, además tres de los rasgos que a continuación se enumeran:
— Intervenciones tempranas y preventivas, que incorporen el acompañamiento social y la intervención integral.
— Que incorporen el uso de la tecnología en la metodología de acompañamiento a la persona y a las comunidades.
— Que interconecten diferentes ámbitos de la protección social (sanidad,
empleo, vivienda, educación y servicios sociales)
— Que tengan un enfoque de proximidad basado en el enfoque comunitario
y en el modelo centrado en la persona.
— Que contemplen la coproducción de los servicios con la participación de
las personas destinatarias del proyecto.
— Que incorporen actuaciones que describan la sistematización de la práctica y la difusión del conocimiento generado.
2. Se puntuará con 6 puntos, aquellos proyectos que contengan, como mínimo
dos de las características enunciadas en el apartado anterior.
e) Cofinanciación: hasta 4 puntos, con la siguiente distribución:
1. Proyectos con una cofinanciación igual o superior al 50 %: 4 puntos.
2. Proyectos con una cofinanciación del igual o superior al 25 % e inferior al 50 %:
3 puntos.
3. Proyectos con una cofinanciación del inferior al 25%: 2 puntos.
f) Colaboración con Administraciones Públicas: Hasta 4 puntos. Se dará 1 punto por
cada proyecto de la entidad, realizado o en ejecución, que se complemente con el
proyecto por el que se solicita la subvención, esto es, 1 proyecto 1 punto, siendo
indiferente los años de ejecución del proyecto y que cuente con financiación de
BOCM-20210625-27
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 150
c) Proyectos que cuenten con un plan de evaluación y de grado de cumplimiento de
los objetivos: hasta 7 puntos.
1. Se darán 7 puntos a los proyectos cuyo plan de evaluación incluya, como mínimo:
— Grado de consecución del objetivo general y de los objetivos intermedios
establecidos.
— Determinación de las actividades realizadas, grado de ajuste a lo previsto
en la programación y estimación de su contribución al logro de los objetivos.
— Valoración de los destinatarios últimos y posibles mejoras.
— Indicación de quién efectuará la evaluación.
— Indicación del momento en el que se realizará la evaluación.
— Indicación del procedimiento de evaluación y de recogida de datos.
— Estudio comparativo con los resultados obtenidos en años anteriores.
2. Se darán 5 puntos a los proyectos cuyo plan de evaluación incluya, como mínimo:
— Grado de consecución del objetivo general y de los objetivos intermedios
establecidos.
— Determinación de las actividades realizadas, grado de ajuste a lo previsto
en la programación y estimación de su contribución al logro de los objetivos.
— Valoración de los destinatarios últimos y posibles mejoras.
— Indicación de quién efectuará la evaluación.
— Indicación del momento en el que se realizará la evaluación.
— Indicación del procedimiento de evaluación y de recogida de datos.
d) Actuaciones Innovadoras: hasta 8 puntos.
Se asignarán hasta 8 a aquellos proyectos que incorporen propuestas que supongan un cambio en los modelos, procesos y forma de prestar los servicios y que creen relaciones sociales y nuevas formas de colaboración, de acuerdo con la siguiente distribución:
1. Se puntuarán con 8 puntos aquellos proyectos que, presentando las características definidas en el enunciado del apartado, reúnan, además tres de los rasgos que a continuación se enumeran:
— Intervenciones tempranas y preventivas, que incorporen el acompañamiento social y la intervención integral.
— Que incorporen el uso de la tecnología en la metodología de acompañamiento a la persona y a las comunidades.
— Que interconecten diferentes ámbitos de la protección social (sanidad,
empleo, vivienda, educación y servicios sociales)
— Que tengan un enfoque de proximidad basado en el enfoque comunitario
y en el modelo centrado en la persona.
— Que contemplen la coproducción de los servicios con la participación de
las personas destinatarias del proyecto.
— Que incorporen actuaciones que describan la sistematización de la práctica y la difusión del conocimiento generado.
2. Se puntuará con 6 puntos, aquellos proyectos que contengan, como mínimo
dos de las características enunciadas en el apartado anterior.
e) Cofinanciación: hasta 4 puntos, con la siguiente distribución:
1. Proyectos con una cofinanciación igual o superior al 50 %: 4 puntos.
2. Proyectos con una cofinanciación del igual o superior al 25 % e inferior al 50 %:
3 puntos.
3. Proyectos con una cofinanciación del inferior al 25%: 2 puntos.
f) Colaboración con Administraciones Públicas: Hasta 4 puntos. Se dará 1 punto por
cada proyecto de la entidad, realizado o en ejecución, que se complemente con el
proyecto por el que se solicita la subvención, esto es, 1 proyecto 1 punto, siendo
indiferente los años de ejecución del proyecto y que cuente con financiación de
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