D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210624-33)
Convenio – Convenio de colaboración de 10 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y Google Ireland Limited, para contribuir a la mejora de la competencia digital en el ámbito educativo mediante el uso de Workspace for Education
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 149
que hace el Cliente de los Servicios hasta que se subsane la infracción. La Suspensión de
los Servicios puede conllevar la eliminación o retirada del contenido que infringe la PUA.
4.2. Otras causas de Suspensión. Sin perjuicio de lo estipulado en la Sección 4.1 (Infracciones de la PUA), Google puede Suspender inmediatamente parte o la totalidad del uso
de los Servicios por parte del Cliente (incluido el uso de la Cuenta asociada) si a) Google
tiene motivos razonables para creer que el uso de los Servicios por parte del Cliente o de
cualquier Usuario Final puede afectar negativamente a los Servicios, al uso de los Servicios
por parte de otros Clientes o de sus Usuarios Finales, o a la red o los servidores de Google
utilizados para proporcionar los Servicios; b) existe la sospecha de que un tercero no autorizado tiene acceso a los Servicios; c) Google tiene motivos razonables para considerar necesario aplicar la Suspensión para cumplir cualquier ley o normativa aplicable; o d) el
Cliente infringe la Sección 3.3 (Restricciones) o los Términos Específicos de los Servicios.
Google anulará cualquier Suspensión cuando las circunstancias que la han originado se hayan resuelto. A solicitud del Cliente, Google notificará al Cliente el motivo de la Suspensión tan pronto como sea razonablemente posible, a menos que lo prohíba la legislación
aplicable.
5. Derechos de Propiedad Intelectual, protección de los Datos del Cliente,
comentarios y uso de los Recursos de Marca en los Servicios
5.1. Derechos de Propiedad Intelectual. Salvo que se indique expresamente lo contrario en el presente Acuerdo, este no concede a ninguna de las partes ningún derecho, implícito o no, sobre el contenido o sobre cualquier aspecto de la propiedad intelectual de la
otra parte. Conforme a lo acordado entre las partes, el Cliente es el titular de todos los Derechos de Propiedad Intelectual correspondientes a los Datos del Cliente y Google es el titular de todos los Derechos de Propiedad Intelectual correspondientes a los Servicios.
5.2. Protección de los Datos del Cliente. Google solo accederá a los Datos del Cliente y los utilizará para prestarle los Servicios, proporcionarle Servicios de Asistencia Técnica o tomar cualquier otra medida indicada por el Cliente. Sin limitar el carácter general de
la oración anterior, Google no tratará los Datos del Cliente con fines Publicitarios ni incluirá Publicidad en los Servicios. Google ha implementado y mantendrá medidas administrativas, físicas y técnicas para proteger los Datos del Cliente, tal y como se describe con más
detalle en la Adenda de Tratamiento de Datos.
5.3. Comentarios del Cliente. Siempre que quiera, el Cliente podrá proporcionar a
Google Comentarios o sugerencias sobre los Servicios (“Comentarios”). Si el Cliente proporciona Comentarios, Google y sus Entidades Asociadas podrán utilizarlos sin restricciones y sin obligación alguna ante el Cliente.
5.4. Uso de los Recursos de Marca en los Servicios. Google mostrará en los Servicios solamente los Recursos de Marca del Cliente que este último autorice al haberlos subido a los Servicios. Google mostrará esos Recursos de Marca del Cliente dentro de las
áreas designadas de las páginas web que muestran los Servicios al Cliente o a sus Usuarios
Finales. El Cliente podrá indicar los detalles de este uso en la Consola de Administración.
Google también puede mostrar Recursos de Marca de Google en esas páginas web para indicar que los Servicios los proporciona Google.
6. Servicios de Asistencia Técnica
Durante el Período de Vigencia, Google proporcionará Servicios de Asistencia Técnica (TSS) al Cliente de conformidad con las Directrices de TSS, y el Cliente deberá abonar
las Tasas que correspondan. Algunos niveles de TSS están sujetos a una Tasa mínima periódica, tal y como se describe en la página https://workspace.google.com/terms/tssg.html.
Si el Cliente reduce su nivel de TSS en un momento dado de un mes, Google puede seguir
proporcionándole el mismo nivel de TSS y aplicarle la misma Tasa que tenía antes del cambio durante lo que reste de mes.
7. Información Confidencial
7.1. Obligaciones. El destinatario utilizará la Información Confidencial de la parte
divulgadora solo para ejercer los derechos del destinatario y cumplir sus obligaciones en
virtud del Acuerdo, y tomará todas las precauciones razonables para impedir la divulgación
de la Información Confidencial de la parte divulgadora. El destinatario solo podrá divulgar
Información Confidencial a Entidades Asociadas, empleados, representantes o asesores
profesionales (“Delegados”) que necesiten conocerla y que hayan acordado por escrito
BOCM-20210624-33
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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que hace el Cliente de los Servicios hasta que se subsane la infracción. La Suspensión de
los Servicios puede conllevar la eliminación o retirada del contenido que infringe la PUA.
4.2. Otras causas de Suspensión. Sin perjuicio de lo estipulado en la Sección 4.1 (Infracciones de la PUA), Google puede Suspender inmediatamente parte o la totalidad del uso
de los Servicios por parte del Cliente (incluido el uso de la Cuenta asociada) si a) Google
tiene motivos razonables para creer que el uso de los Servicios por parte del Cliente o de
cualquier Usuario Final puede afectar negativamente a los Servicios, al uso de los Servicios
por parte de otros Clientes o de sus Usuarios Finales, o a la red o los servidores de Google
utilizados para proporcionar los Servicios; b) existe la sospecha de que un tercero no autorizado tiene acceso a los Servicios; c) Google tiene motivos razonables para considerar necesario aplicar la Suspensión para cumplir cualquier ley o normativa aplicable; o d) el
Cliente infringe la Sección 3.3 (Restricciones) o los Términos Específicos de los Servicios.
Google anulará cualquier Suspensión cuando las circunstancias que la han originado se hayan resuelto. A solicitud del Cliente, Google notificará al Cliente el motivo de la Suspensión tan pronto como sea razonablemente posible, a menos que lo prohíba la legislación
aplicable.
5. Derechos de Propiedad Intelectual, protección de los Datos del Cliente,
comentarios y uso de los Recursos de Marca en los Servicios
5.1. Derechos de Propiedad Intelectual. Salvo que se indique expresamente lo contrario en el presente Acuerdo, este no concede a ninguna de las partes ningún derecho, implícito o no, sobre el contenido o sobre cualquier aspecto de la propiedad intelectual de la
otra parte. Conforme a lo acordado entre las partes, el Cliente es el titular de todos los Derechos de Propiedad Intelectual correspondientes a los Datos del Cliente y Google es el titular de todos los Derechos de Propiedad Intelectual correspondientes a los Servicios.
5.2. Protección de los Datos del Cliente. Google solo accederá a los Datos del Cliente y los utilizará para prestarle los Servicios, proporcionarle Servicios de Asistencia Técnica o tomar cualquier otra medida indicada por el Cliente. Sin limitar el carácter general de
la oración anterior, Google no tratará los Datos del Cliente con fines Publicitarios ni incluirá Publicidad en los Servicios. Google ha implementado y mantendrá medidas administrativas, físicas y técnicas para proteger los Datos del Cliente, tal y como se describe con más
detalle en la Adenda de Tratamiento de Datos.
5.3. Comentarios del Cliente. Siempre que quiera, el Cliente podrá proporcionar a
Google Comentarios o sugerencias sobre los Servicios (“Comentarios”). Si el Cliente proporciona Comentarios, Google y sus Entidades Asociadas podrán utilizarlos sin restricciones y sin obligación alguna ante el Cliente.
5.4. Uso de los Recursos de Marca en los Servicios. Google mostrará en los Servicios solamente los Recursos de Marca del Cliente que este último autorice al haberlos subido a los Servicios. Google mostrará esos Recursos de Marca del Cliente dentro de las
áreas designadas de las páginas web que muestran los Servicios al Cliente o a sus Usuarios
Finales. El Cliente podrá indicar los detalles de este uso en la Consola de Administración.
Google también puede mostrar Recursos de Marca de Google en esas páginas web para indicar que los Servicios los proporciona Google.
6. Servicios de Asistencia Técnica
Durante el Período de Vigencia, Google proporcionará Servicios de Asistencia Técnica (TSS) al Cliente de conformidad con las Directrices de TSS, y el Cliente deberá abonar
las Tasas que correspondan. Algunos niveles de TSS están sujetos a una Tasa mínima periódica, tal y como se describe en la página https://workspace.google.com/terms/tssg.html.
Si el Cliente reduce su nivel de TSS en un momento dado de un mes, Google puede seguir
proporcionándole el mismo nivel de TSS y aplicarle la misma Tasa que tenía antes del cambio durante lo que reste de mes.
7. Información Confidencial
7.1. Obligaciones. El destinatario utilizará la Información Confidencial de la parte
divulgadora solo para ejercer los derechos del destinatario y cumplir sus obligaciones en
virtud del Acuerdo, y tomará todas las precauciones razonables para impedir la divulgación
de la Información Confidencial de la parte divulgadora. El destinatario solo podrá divulgar
Información Confidencial a Entidades Asociadas, empleados, representantes o asesores
profesionales (“Delegados”) que necesiten conocerla y que hayan acordado por escrito
BOCM-20210624-33
Pág. 168
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