Cobeña (BOCM-20210622-66)
Urbanismo. Normas subsidiarias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 147

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021

Pág. 273

Excepto en Suelo No Urbanizable en ningún caso se permitirán aéreos
sobre el espacio público o privado es ten o no dentro de las áreas de
retranqueodeedificación.
Art.7.62.

Centralización de contadores. Toda nueva construcción en la que
hubiese instalaciones diferenciadas por consumidor dispondrán de un
local exclusivo de centralización de los contadores individualizados,
mecanismos,llavesdecorteyfusiblesdeseguridad.
Todos los edificios residenciales se someterán en el dimensionado y
condicionesdeventilacióndeloscuartosdecontadoresaloestablecido
en las Normas Técnicas, de Diseño y Calidad de las Viviendas Sociales
aunquenoestuviesenacogidasalRégimendeViviendasProtegidas.

Art.7.63.

Evacuación de residuos. Toda nueva construcción deberá resolver la
evacuacióndeaguasresiduales,atravésdeundesagüeencadaaparato
concierrehidráulicoindividualocolectivo,ydeaguasdelluviavertiendo
a la red general de saneamiento en los suelos urbanos y Aptos para
Urbanizar. La conexión de la red horizontal de saneamiento a la red
general de la ciudad se realizará a través de una arqueta o pozo de
registro.
En el suelo no urbanizable las aguas negras se evacuarán a un tanque
Immhoff o similar y las de lluvia mediante vertido libre a los cauces
naturalesexistentes.
Cuando la actividad genere vertidos de grasas, aceites o fangos en el
suelo urbano o Apto para Urbanizar, previa a la conexión a la red
general, deberá disponerse de una arqueta separadora de grasas y
fangos.
Los vertidos de aguas residuales industriales deberán ser tratados
previamentealobjetodegarantizarlainocuidaddelosmismossobrela
red general de saneamiento y el sistema de depuración; en todos los
casos el Ayuntamiento deberá aprobar previamente el sistema de
neutralizacióndelosvertidosindustrialesempleados.

Art.7.64.

Cuartosdebasura.Todoslosedificiosmultifamiliaresylosdestinadosa
usos no residenciales contarán con un espacio exclusivo destinado a
cuarto de basuras, debidamente ventilado, que contará con un gri fo y
un desagüe para su mantenimiento y limpieza. Las dimensiones de los
citados locales, cuando de edificios residenciales se trate, serán las
establecidasenlasNormasTécnicasdeDiseñodelasViviendasSociales
inclusosiestosnoestánacogidosalRégimendeProtecciónOficial.Enel
resto de los edificios el dimensionado estará en función de las
necesidadespropiasdelaactividadimplantada.

BOCM-20210622-66

Enlosproyectosdeusosdistintosdelosresidencialesseespecificaráel
mododel cumplimiento delasdeterminacionesdelaLey10/93de26
de octubre respecto al control y depuración de vertidos, teniendo en
cuentalascaracterísticasdelaEDARexistente(delechodeturba).