Cobeña (BOCM-20210622-66)
Urbanismo. Normas subsidiarias
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 147
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021
desarrollen, así como a solicitar por escrito información del régimen aplicable a una
finca,UnidaddeEjecuciónoSector.
Dicha información deberá facilitarse en el plazo de un mes y expresará en su caso el
Aprovechamiento tipo aplicable al área de reparto en que se encuentre y el grado de
adquisicióndefacultadesurbanísticasaltiempodefacilitarselainformación.
Art.1.8. Obligatoriedad. Las Normas Subsidiarias y los Planes y Proyectos que las
desarrollen obligan y vinculan por igual a cualquier persona física o jurídica, pública o
privada, al cumplimiento estricto de sus términos y determinaciones. Dicho
cumplimientoseráexigibleporcualquiera,medianteelejerciciodelaacciónpública.
Art.1.9. Ejecutividad y Declaración de Utilidad Pública. La ejecutividad del
planeamiento implica que, con la publicación del acuerdo de aprobación definitiva
quedandeclaradosdeutilidadpúblicalasobrasprevistasqueseincluyanenPlanosde
ordenación o Unidades de Ejecución a desarrollar por el sistema de expropiación así
corno la necesidad de ocupación de los terrenos y edificación correspondientes a los
finesdelaexpropiaciónoimposiciónservidumbres
SECCION4.Afecciones,normativacomplementaria.
Art.1.10. En todo lo regulado por estas Normas Urbanísticas, se aplicará la normativa
vigente,tantodecarácterbásicocornosectorial;enespecialsetendráencuentaqueal
entornodelaIglesiaparroquialleesdeaplicaciónlaLey16/85delPatrimonioHistórico
porsuincoacióncornoBIC.
Art.1.11. Normativa básica. De carácter básico, serán de aplicación la legislación de
régimenlocalylaurbanística,constituidaporlaLeydelSueloensutextorefundido1/92
de 26 de junio y sus Reglamentos y demás Normas que las desarrollen, así como la
normativa especifica de la Comunidad de Madrid constituida, básicamente, por la Ley
9/95 sobre Política Territorial, Suelo y Urbanismo y demás disposiciones, normas e
instrumentosquelasdesarrollen.
SECCION5.Contenidodocumental.
Art.1.12. Contenido Documental. Las presentes Normas Subsidiarias constan de los
siguientesdocumentos:
Volumen1.
- InformaciónUrbanísticaconstituidapormemoriainformativa
- MemoriaJustificativa
- MemoradeParticipaciónPública.
Volumen2.
- NormasUrbanísticas.
Volumen3.
- AnexosNormativosycatálogodeBienesProtegidos
PlanosdeInformaciónydeOrdenación.
Pág. 203
BOCM-20210622-66
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021
desarrollen, así como a solicitar por escrito información del régimen aplicable a una
finca,UnidaddeEjecuciónoSector.
Dicha información deberá facilitarse en el plazo de un mes y expresará en su caso el
Aprovechamiento tipo aplicable al área de reparto en que se encuentre y el grado de
adquisicióndefacultadesurbanísticasaltiempodefacilitarselainformación.
Art.1.8. Obligatoriedad. Las Normas Subsidiarias y los Planes y Proyectos que las
desarrollen obligan y vinculan por igual a cualquier persona física o jurídica, pública o
privada, al cumplimiento estricto de sus términos y determinaciones. Dicho
cumplimientoseráexigibleporcualquiera,medianteelejerciciodelaacciónpública.
Art.1.9. Ejecutividad y Declaración de Utilidad Pública. La ejecutividad del
planeamiento implica que, con la publicación del acuerdo de aprobación definitiva
quedandeclaradosdeutilidadpúblicalasobrasprevistasqueseincluyanenPlanosde
ordenación o Unidades de Ejecución a desarrollar por el sistema de expropiación así
corno la necesidad de ocupación de los terrenos y edificación correspondientes a los
finesdelaexpropiaciónoimposiciónservidumbres
SECCION4.Afecciones,normativacomplementaria.
Art.1.10. En todo lo regulado por estas Normas Urbanísticas, se aplicará la normativa
vigente,tantodecarácterbásicocornosectorial;enespecialsetendráencuentaqueal
entornodelaIglesiaparroquialleesdeaplicaciónlaLey16/85delPatrimonioHistórico
porsuincoacióncornoBIC.
Art.1.11. Normativa básica. De carácter básico, serán de aplicación la legislación de
régimenlocalylaurbanística,constituidaporlaLeydelSueloensutextorefundido1/92
de 26 de junio y sus Reglamentos y demás Normas que las desarrollen, así como la
normativa especifica de la Comunidad de Madrid constituida, básicamente, por la Ley
9/95 sobre Política Territorial, Suelo y Urbanismo y demás disposiciones, normas e
instrumentosquelasdesarrollen.
SECCION5.Contenidodocumental.
Art.1.12. Contenido Documental. Las presentes Normas Subsidiarias constan de los
siguientesdocumentos:
Volumen1.
- InformaciónUrbanísticaconstituidapormemoriainformativa
- MemoriaJustificativa
- MemoradeParticipaciónPública.
Volumen2.
- NormasUrbanísticas.
Volumen3.
- AnexosNormativosycatálogodeBienesProtegidos
PlanosdeInformaciónydeOrdenación.
Pág. 203
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