Cobeña (BOCM-20210622-66)
Urbanismo. Normas subsidiarias
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 147

Las presentes Normas Urbanísticas forman parte de las Normas Subsidiarias de
PlaneamientodeCobeña;comorevisiónformaldelasprecedentessonelinstrumento
deordenaciónintegraldelmunicipioqueclasificaelsuelo,estableciendolosregímenes
jurídicoscorrespondientesacadaclaseycategoríadelmismo.Atravésdesimismaso
delosinstrumentosquelasdesarrollendeterminanlasfacultadesurbanísticaspropias
del derecho de propiedad de suelo especificando los deberes que condicionan la
efectividadyejerciciodedichasfacultades.

Art.1.2.Formulación.LasNormasSubsidiariasoperanunanuevaordenaciónurbanística
del territorio municipal acorde con la problemática del desarrollo urbanístico reciente
de Cobeña y con las expectativas derivadas de la posición del municipio respecto del
Áreametropolitana.

Art.1.3.Características.LasNormasSubsidiariasdelascualesestasNormasUrbanísticas
sonparte,tienenlassiguientescaracterísticas:
a) SonunaordenaciónintegraldelTerritorioenelámbitomunicipal
b) Sonoriginales,noderivadasodependientes.Sóloenelcasodequeseapruebe
unafiguradeplaneamientosupramunicipalquelasafectenomodifiquen,estas
Normas.
c) Soninmediatamenteejecutivas.
d) Sonlafiguradeplaneamientomásadecuadaalasactualescaracterísticasdel
términomunicipaltalcomoseseñalaenlamemoria.

SECCION2.Ámbitodeaplicaciónyvigencia.

Art.1.4Ámbito.LaspresentesNormasSubsidiariassondeaplicaciónenlatotalidaddel
términomunicipaldeCobeña

Art.1.5.Vigencia.LaspresentesNormasSubsidiariasentraránenvigorapartirdelos
quincedíassiguientesalafechadepublicación,enelBoletínOficialdelaComunidadde
Madrid,delacuerdodesuaprobacióndefinitivaporelConsejodeGobiernodela
ComunidaddeMadrid.

Suvigenciaseráindefinidaentantonoseapruebedefinitivamenteunarevisióndelas
mismas,sinperjuiciodeeventualesmodificacionespuntualesodelasuspensióntotalo
parcialdesuvigencia.

SECCION3.Efectos.

Art.1.6.EstasNormasSubsidiarias,asícomolosPlanesyProyectosquelosdesarrollan,
unavezpublicadoelacuerdodesuaprobacióndefinitiva,seránpúblicos,obligatoriosy
ejecutivos.

El Ayuntamiento remitirá al Registro de la propiedad copia de las certificaciones
acreditativas del cumplimiento de deberes Urbanísticos de los derechos al
aprovechamiento,provistosenelart.28deltextorefundidodelaLeydelSuelo1/92,a
findequesetomenotamarginalenlasinscripcionesdelasfincasafectadas.

Art.1.7.PublicidadCualquierciudadanotendráderechoaconsultarenelAyuntamiento
toda la documentación de las Normas Subsidiarias y de los Planes y Proyectos que las

BOCM-20210622-66

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