Pinto (BOCM-20210622-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 147

— Formación y perfeccionamiento profesional.
— Méritos, premios y recompensas que obren en el expediente personal.
A los efectos de contabilizar cada uno de los méritos alegados se tomará como fecha
límite el último día del plazo de presentación de solicitudes.
7.2. Baremo de la fase de concurso.
La puntuación máxima de la fase de concurso será de 10 puntos y vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en los apartados a), b), c) y d) conforme al baremo que se desarrolla a continuación:
7.2.a. Carrera profesional y administrativa (Máximo 5 puntos).
Por cada seis meses o fracción superior a tres meses de servicios efectivos
prestados como funcionario de carrera en los Cuerpos de Policía Local de
cualquier Ayuntamiento en la categoría de policía (excluyendo el periodo de
prácticas) se otorgarán 0,50 puntos. (La puntuación máxima en este apartado
será de 2 puntos).
Por cada seis meses o fracción superior a tres meses de servicios efectivos
prestados en el Cuerpo de la Policía Local de Pinto en los últimos cinco años,
se otorgarán 0,50 puntos. (La puntuación máxima en este apartado será de 3
puntos).
7.2.b. Titulaciones académicas (Máximo 1 punto).
Por estar en posesión de las siguientes titulaciones distintas a la alegada como
requisito para tomar parte en las pruebas selectivas, acreditados mediante diplomas o certificados expedidos por universidades, se otorgarán los puntos
que a continuación se indican:
— Título de doctor/a: 1 punto.
— Máster o posgrado de carácter oficial: 0,75 puntos.
— Título de Grado o Licenciatura en Derecho o Criminología: 0,50 puntos.
— Título de Grado o licenciado en disciplinas distintas de las anteriores: 0,30 puntos.
— Título de Ingeniero técnico, Diplomado universitario, arquitecto técnico: 0,20 puntos.
Únicamente se puntuará el título académico de grado superior cuando su obtención comprenda necesariamente los de grado inferior.
La suma de los puntos obtenidos en el presente apartado de Titulaciones académicas no podrá superar el 1 punto.
7.2.c. Formación y perfeccionamiento profesional (Máximo 3 puntos).
Por cada curso de formación policial realizado en Administraciones públicas o
instituciones privadas en colaboración con entidades públicas, o instituciones
privadas de las siguientes: universidades, sindicatos, fundaciones, colegios
profesionales, ONG o instituciones sin ánimo de lucro en cuyos fines se encuentre la formación siempre que estén relacionados con la función policial,
se otorgarán:
— Cursos de duración inferior a 20 horas lectivas: 0,10 puntos.
— Cursos de 20 a 39 horas lectivas: 0,20 puntos.
— Cursos de 40 a 80 horas lectivas: 0,40 puntos.
— Cursos de 81 a 250 horas lectivas: 0,60 puntos.
— Cursos de más de 250 horas lectivas: 0,80 puntos.
No se puntuarán los cursos en los que no se acredite el número de horas.
Por estar en posesión del título oficial acreditativo que certifique haber obtenido el nivel de conocimiento de idiomas extranjeros conforme al nivel establecido en el Marco Europeo de Referencia, se otorgarán:
— Nivel B1: 0,25.
— Nivel B2: 0,50.
— CNivel C1: 1,00.
— CNivel C2: 1,50.
Para la valoración de las titulaciones académicas o conocimiento de idiomas,
únicamente se puntuará el título académico de grado superior cuando su obtención comprenda necesariamente los de grado inferior.
La suma de los puntos obtenidos en la valoración de la formación y perfeccionamiento profesional no podrá superar los 3 puntos.

BOCM-20210622-79

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