Pinto (BOCM-20210622-78)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 22 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 147

— Titulaciones académicas. Títulos oficiales expedidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos
de expedición del correspondiente título de las siguientes titulaciones:
• Título de Grado universitario con 300 créditos ECTS o Título de Grado universitario con menos de 300 ECTS más Máster Universitario; Licenciado/a; Ingeniero/a; Arquitecto/a o Doctorado 1 puntos.
• Título de Grado universitario con menos de 300 créditos ECTS; Diplomado/a
Universitario/a; Ingeniero/a Técnico/a o Arquitecto/a Técnico/a: 1 punto.
La suma de los puntos obtenidos en este apartado de titulaciones académicas no podrá
superar 1 punto.
Las titulaciones académicas se acreditarán mediante la presentación de los correspondientes diplomas o títulos.
— Formación y perfeccionamiento profesional (Máximo 1,5 puntos):
Por cada curso de formación policial realizado en Administraciones públicas o instituciones privadas en colaboración con entidades públicas, o instituciones privadas de las siguientes: universidades, sindicatos, fundaciones, colegios profesionales, ONG o instituciones sin ánimo de lucro en cuyos fines se encuentre la formación siempre que estén
relacionados con la función policial, se otorgarán:
— Cursos de duración inferior a 20 horas lectivas: 0,10 puntos.
— Cursos de 20 a 39 horas lectivas: 0,20 puntos.
— Cursos de 40 a 80 horas lectivas: 0,40 puntos.
— Cursos de 81 a 250 horas lectivas: 0,60 puntos.
— Cursos de más de 250 horas lectivas: 0,80 puntos.
No se puntuarán los cursos en los que no se acredite el número de horas.
Por estar en posesión del título oficial acreditativo que certifique haber obtenido el nivel de conocimiento de idiomas extranjeros conforme al nivel establecido en el Marco
Europeo de Referencia, se otorgarán:
— Nivel B1: 0,25.
— Nivel B2: 0,50.
— Nivel C1: 1,00.
— Nivel C2: 1,50.
Para la valoración de las titulaciones académicas o conocimiento de idiomas, únicamente se puntuará el título académico de grado superior cuando su obtención comprenda
necesariamente los de grado inferior.
La suma de los puntos obtenidos en la valoración de la formación y perfeccionamiento profesional no podrá superar los 2,5 puntos.
Novena. Calificación definitiva, orden de colocación y empates de puntuación
de la fase concurso-oposición
La calificación definitiva del concurso-oposición vendrá determinada por la suma entre la ponderación correspondientes al 90% de la nota obtenida en la fase de oposición más
la ponderación correspondiente al 10 % de la puntuación obtenida en la fase de concurso.
Superarán la fase de concurso-oposición quienes habiendo aprobado todos y cada uno
de los ejercicios de la fase de oposición, una vez sumada la nota obtenida en los mismos
ponderada al 90% y sumada a la puntuación obtenida en el concurso ponderada al 10%, obtengan las puntuaciones más altas hasta alcanzar como máximo el total de las plazas convocadas, sin que pueda considerarse que han superado el proceso selectivo, obtenido plaza
o quedado en situación de expectativa de destino, quienes no figuren incluidos en la relación propuesta por el Tribunal.
El orden de colocación de las y los aspirantes en la lista definitiva de personas aprobadas en el concurso oposición se establecerá de mayor a menor puntuación.
En caso de empate este se dirimirá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la
prueba de conocimientos, después en la mejor puntuación obtenida en las pruebas físicas,
posteriormente en la fase de concurso y solo en último término se solventará por la persona del sexo que se encuentre infrarrepresentado en la categoría a la que se accede.
En caso de persistir el empate, se resolverá por orden alfabético del primer apellido de
las personas aspirantes empatadas, conforme a la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría General para la Administración Pública.

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