Pinto (BOCM-20210622-78)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 147

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021

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Décima. Relación de aprobados/as en la fase de concurso-oposición
Finalizada esta fase del proceso de selectivo, el Tribunal publicará en el Tablón de
anuncios y web municipal del Ayuntamiento de Pinto la relación de personas aprobadas,
por el orden de puntuación alcanzado, así como con las notas parciales de todas y cada una
de las fases del proceso selectivo. Simultáneamente a su publicación, el Tribunal elevará la
relación expresada a la persona titular de la Concejalía Delegada de RR.HH.
Siempre que el Tribunal haya propuesto igual número de aspirantes que el de plazas
convocadas y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de personas aspirantes seleccionadas o cuando de la documentación aportada por
aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, antes de su nombramiento o
toma de posesión, el Tribunal Calificador podrá aprobar la relación complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible nombramiento como funcionarias o funcionarios en prácticas.
Undécima. Presentación de documentos
Los/las aspirantes propuestos/as, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir
del siguiente de la publicación de la lista de aprobados/as presentará, original y copia de los
siguientes documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases:
— Documento Nacional de Identidad que deberá estar vigente.
— Titulación exigida en la convocatoria o justificante de haber abonado los derechos
para su expedición. Si estos documentos estuviesen expedidos después de la fecha
en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificar el momento en
que concluyeron los estudios. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se
deberá aportar la credencial que acredite su homologación.
— Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
— Certificación expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes de carecer de
antecedentes penales. Este certificado deberá estar expedido dentro de los treinta
días anteriores al día en que finalice el plazo de presentación de documentos.
— Permiso de conducir de la clase B o equivalente, expedido con anterioridad a la fecha de finalización del curso selectivo de formación.
— Declaración jurada en la que figure expresamente el compromiso de portar armas
y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.
— En su caso, la documentación original aportada para su valoración como mérito.
Quienes, dentro del plazo indicado, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se deduzca que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no
podrán ser nombradas/os y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar
parte en las pruebas selectivas.

Terminado el plazo de presentación de documentos se procederá al nombramiento
como funcionario/a en prácticas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía local del
Ayuntamiento de Pinto. Las personas nombradas percibirán durante el Curso Selectivo de
Formación las retribuciones que para el personal funcionario en prácticas establece la legislación vigente. A las personas aspirantes que resultan nombradas Policía en prácticas del
Cuerpo de Policía local del Ayuntamiento de Pinto, se les comunicará la fecha en que deberán presentarse en el Centro docente que corresponda, para dar comienzo al Curso Selectivo de Formación, momento desde el que empezarán a percibir la retribución económica
establecida.
En caso de no incorporarse en la fecha indicada, se les considerará decaídas en su derecho. Ningún/a aspirante podrá ostentar la condición de funcionario/a en prácticas del
Ayuntamiento de Pinto en más de una categoría o en la misma categoría de Policía por diferentes sistemas de acceso, por lo que, en su caso, deberá optar por su continuación en uno
solo de los procesos selectivos o sistemas de acceso, decayendo en los derechos que pudieran derivarse de su participación en los restantes.
De no realizar esta opción en el plazo concedido al efecto por la Administración, se entenderá que opta por el nombramiento en prácticas correspondiente al primer proceso se-

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Duodécima. Nombramiento como funcionario/a en prácticas