Pozuelo de Alarcón (BOCM-20210622-80)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 147

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021

d) Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni impedimento físico o psíquico que impida el normal desempeño de las tareas de los puestos de trabajo previstos para la plaza objeto de estos procesos selectivos.
e) Habilitación: No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, ni hallarse inhabilitada para el
desempeño de las funciones públicas por resolución judicial.
f) Tasa: Haber abonado la correspondiente tasa.
2.2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de ser llamado para
la provisión temporal de un puesto de trabajo y consiguiente toma de posesión.
Tercera. Presentación de instancias.—3.1. Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo cumplimentando instancia normalizada.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los aspirantes en Internet, en la página web del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en el portal de oferta de empleo público
(https://www.pozuelodealarcon.org/tu-ayuntamiento/empleo-publico/ofertas-de-empleopublico ).
3.2. La instancia de participación normalizada, junto la documentación a adjuntar
obligatoriamente, deberán presentarse preferentemente, a través de medios telemáticos a
través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón https://sede.pozuelodealarcon.es, siendo imprescindible la acreditación por alguno de los sistemas de identificación y firma admitidos por la pasarela Cl@ve del Gobierno de España: DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve Permanente y Cl@ve Ocasional (Cl@ve Pin).
Los candidatos deberán seleccionar el procedimiento Servicios Generales, cumplimentando el formulario web “solicitud de carácter general”: https://sede.pozuelodealarcon.es/
sede/action/certlogin?method=enter
Asimismo podrán optar por presentarlo de forma presencial, utilizando la instancia
normalizada cumplimentada y firmada por el interesado, junto a la documentación requerida, en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento y el resto de
procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
3.3. La documentación a adjuntar obligatoriamente, para ser admitido y, en su caso,
tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, será la siguiente:
a) Solicitud de participación (instancia normalizada) debidamente cumplimentada.
b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte, siempre en vigor, y
sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
c) Fotocopia de la titulación exigida, indicada en la Base segunda, y sin perjuicio de
la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada. Equivaldrá al título un certificado acreditativo de reunir los requisitos para la expedición
del mismo, emitido por el organismo público competente junto con el justificante
de liquidación del pago de las tasas académicas por su expedición, sin perjuicio de
la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
d) Original o fotocopia del justificante acreditativo de pago íntegro de los derechos
del examen, y en el supuesto de exención o bonificación de pago de la misma, la
documentación acreditativa oportuna.
e) En su caso, original o fotocopia del dictamen técnico facultativo actualizado y
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad, cuando el opositor solicite las adaptaciones de tiempo y/o medios que sean
oportunas para la realización de las pruebas oportunas, sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
3.4. El plazo de presentación de la instancia será el de quince días hábiles a partir del
día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
3.5. La tasa que corresponderá satisfacer por derechos de examen para cada una de
las plazas/categorías serán las vigentes en el momento de presentar la instancia, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por derechos de examen, con las bonificaciones y exenciones en ella establecidas, y que actualmente para el acceso a este grupo de titulación se fija en 21 euros y que será satisfecha en su totalidad dentro
del plazo de presentación de instancias, de conformidad con lo previsto en el art. 8 de la citada Ordenanza, no siendo subsanable con posterioridad.

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