C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210614-28)
Bases subvenciones –  Orden de 27 de mayo de 2021, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a Entidades Locales y federaciones o asociaciones de municipios del ámbito de la Comunidad de Madrid, destinadas a la financiación de planes de formación en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 140

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE JUNIO DE 2021

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Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las administraciones públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Asimismo, tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Comunidad de Madrid o hayan sido elaborados por cualquier otra administración.
La Comunidad de Madrid podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el
interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se
exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. No obstante lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado.
Las Administraciones públicas deberán recabar los documentos electrónicamente a
través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de
datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
Al ser los solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A
tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de notificaciones
electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace
http://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-punto-acceso-general
2. A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:

3. El interesado en la presentación de la solicitud indicará si autoriza a la Comunidad de Madrid la consulta por medios telemáticos de que se encuentra al corriente de sus
obligaciones con la Seguridad Social, y si se opusiera deberá motivarlo. Para la consulta de
los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa.
En el caso de que el solicitante sea una administración pública o una entidad dependiente, dichas acreditaciones podrán sustituirse por la aportación junto con la solicitud de
una declaración responsable emitida por una persona física facultada para ello, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 24 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

BOCM-20210614-28

a) El plan de formación se adjuntará a la solicitud y deberá ir firmado electrónicamente por la persona designada como representante del promotor para el plan presentado y deberá contener al menos: datos administrativos de la entidad promotora y de su representante, importe de la subvención solicitada, datos económicos
del plan, con desglose por conceptos de gasto, datos de las entidades adheridas a
planes agrupados en los casos que proceda, datos descriptivos de las actividades
formativas (con el detalle individualizado de éstas, su prioridad, número de ediciones, alumnos y horas por edición, presupuesto económico y destinatarios), datos relativos a las actividades complementarias (memoria de cada proyecto de actividad complementaria que contenga su denominación, descripción de la
actividad con expresa mención a su finalidad, a su coste y al producto específico
que se obtendrá con la realización de la actividad y que deberá entregarse junto
con la justificación económica del gasto realizado con motivo de la realización de
la actividad), datos relativos a anteriores convocatorias (destinatarios, recursos
propios dedicados, fondos subvencionados, recursos humanos dedicados).
b) Declaración responsable exigida en los artículos 25 y 26 del Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, referente a no estar incurso en las
prohibiciones que para obtener la condición de beneficiario establece el artículo 13
de la citada Ley.
c) Memoria de las acciones formativas firmada.
d) Documentación que acredite, conforme a la legislación vigente, las facultades de
representación del firmante del plan para actuar en nombre de la entidad local, federación o asociación, en su caso.
e) Cuando se trate de un plan agrupado, los documentos de adhesión a dicho plan, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 2.1.b) de esta Orden para los planes agrupados promovidos por federaciones o asociaciones de municipios.
f) Informe de la representación sindical, en los casos en que resulte preceptivo de
conformidad con el artículo 14 del Acuerdo de Formación para el Empleo de las
Administraciones Públicas.