D) Anuncios - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210611-29)
Convenio –  Convenio de colaboración de 21 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la integración de Samur Protección Civil en el Centro de Atención de Llamadas de Urgencia Madrid 1-1-2 de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 138

VIERNES 11 DE JUNIO DE 2021

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del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Justicia, Interior y Víctimas, atribuye la competencia en materia de atención y coordinación
de emergencias a esta Consejería.
II. De conformidad con lo previsto en el Decreto de 15 de junio de 2019 del Alcalde, por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas en las que
se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, corresponden al Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias las competencias ejecutivas en materia de
Portavocía de la Junta de Gobierno, relaciones con el Pleno, medios de comunicación, promoción de la salud y de la salud pública, drogodependencias, policía municipal, protección
civil, SAMUR, bomberos y el Centro Integral de Formación de Seguridad y Emergencias.
Conforme a lo dispuesto en al apartado 3.o, puntos 1.1 y 1.8 del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, corresponde al titular del
Área, dirigir e impulsar las políticas municipales en el ámbito de su competencia y celebrar
convenios con otras
Administraciones y entidades públicas para el desarrollo y ejecución de las competencias del Área de Gobierno.
Que, con arreglo al Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias corresponden a esta Área de Gobierno, entre otras, las competencias
ejecutivas en materia de promoción de la salud y de la salud pública, drogodependencias,
policía municipal, protección civil, SAMUR y bomberos. De entre las citadas ha de destacarse, a los efectos de este acuerdo, la gestión del Servicio de Asistencia Municipal de Urgencia y Rescate (SAMUR-Protección Civil) y de ahora en adelante SAMUR-PC, figurando entre las labores desarrolladas por este Servicio la atención en materia de emergencias
extrahospitalarias.
El 15 de septiembre de 2016, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID la Orden 781/2016 de 10 de agosto, por la que se renovaba la autorización de
funcionamiento del Cuerpo de Asistencia Municipal de Urgencia y Rescate, SAMUR–PC,
conforme a lo establecido en el Decreto 51/2006 del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Que para el desarrollo en las mejores condiciones del Servicio prestado por
el SAMUR-PC es imprescindible contar con la mayor información del paciente en el momento de su atención.
III. Ambas instituciones están orientadas a conseguir la mejor atención a los ciudadanos por parte de las administraciones públicas, con el objetivo de poder aportar una respuesta inmediata y eficaz en cuanto a su atención sanitaria.
Es interés ambas Administraciones Públicas mantener y reforzar la cooperación y asistencia activas en el cumplimiento de las funciones propias, toda vez que tienen objetivos
coincidentes y complementarios en esta materia.
Con la intención de avanzar en la prestación de un servicio integral de gestión de urgencias que favorezca la coordinación y la eficacia en situaciones de emergencias, la Comunidad de Madrid puso en marcha a finales de 2003 un Centro de Atención de Llamadas,
con sede en Pozuelo de Alarcón. En ese sentido, se considera necesario seguir consolidando la integración del SAMUR-PC en esta sede del Centro de Atención de Llamadas 112, al
objeto de que participe eficazmente en un sistema integral de gestión de situaciones de
emergencia en la Comunidad de Madrid, en sus aspectos organizativo, operativo y tecnológico.
Por todo lo expuesto, ambas Instituciones, acuerdan suscribir el presente convenio según las siguientes:
CLÁUSULAS

Objeto y ámbito de aplicación
El presente Convenio tiene por objeto fomentar la colaboración, coordinación y cooperación entre el Ayuntamiento de Madrid y de la Comunidad de Madrid, con la integración del SAMUR-PC en la sede del Centro de Atención de Llamadas 112, de manera que
participe eficazmente en un sistema integral de gestión de las emergencias en la Comunidad de Madrid, en sus aspectos organizativo, operativo y tecnológico de conformidad con
su ámbito de actuación.

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