San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20210610-102)
Urbanismo. Normas subsidiarias UE-5
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 137

MODIFICACIÓN PROPUESTA
La modificación de la UE-5 se plantea bajo los siguientes aspectos fundamentales:
En primer lugar, ajustar sus límites a la realidad física, para lo cual se realizó un levantamiento topográfico conjunto con el SAU 4, colindante con ella, que se incluye como
anexo, excluyendo por una parte la porción de suelo urbano consolidado perteneciente a la
finca n.o 8 de la plaza de La Vega y por otro ajustando el resto de linderos, es decir al oeste al Camino de Cadalso, incluyéndolo en la parte norte, entre la plaza de toros y la mitad
de la actuación aproximadamente, y dejándolo fuera, como límite en la parte sur, de tal forma que el citado Camino de Cadalso corresponderá urbanizarlo en su parte norte a esta unidad y en la parte sur a la que se encuentra al otro lado del mismo. Al norte con varias propiedades, entre ellas las n.o 9 y 10 de la citada plaza de La Vega, que por su forma y la mala
calidad del plano base de las NNSS, pueden inducir a error, dado que la citada plaza hace
un quiebro en su parte sur; se mantiene dentro de la unidad el tramo de la plaza de La Vega
frente al inmueble n.o 8, porque si bien es suelo consolidado y cuenta con todos los servicios, deberá conectarse un pozo de saneamiento situado frente a dicha finca con el nuevo
saneamiento que se diseñe. Al este el lindero es la calle del Cañito, que queda incluida dentro de la unidad para completar su urbanización. Al sur el límite es la prolongación de la
avda. de la Constitución prevista en las NNSS, que está incluida en el SAU 4, y que tiene
continuidad al oeste en la unidad que está desarrollándose actualmente. Es decir, todos los
límites de la UE 5 son elementos físicos existentes, calles o propiedades privadas excepto
el del sur que es una calle en proyecto.
Una vez ajustados los límites a la realidad física, esta modificación pretende, por una
parte, mejorar el sistema de redes locales, incrementando el suelo previsto inicialmente para
dotaciones, creando una zona para equipamiento no presito inicialmente para un posible
mercado y una zona verde, mientras que en las NNSS de 1999 solo se preveía una zona de
aparcamiento.
Por otra parte, adecuar la tipología edificatoria residencial a las necesidades actuales,
introduciendo una nueva; residencial multifamiliar en bloque abierto.
La edificabilidad no se modifica, pero como se ha dicho se diversifican las tipologías:
se mantiene la vivienda unifamiliar en hilera y se incorpora la vivienda colectiva aplicando
la ordenanza 3 de las normas subsidiarias a parte de la edificabilidad y se establece el uso
terciario para un pequeño porcentaje del aprovechamiento.
Los datos de la propuesta son los siguientes:
— Superficie de la U.E. 5: 20.680 m a.
— Edificabilidad: 0,48 m2/m2 (20.680 m2 × 0,48 m2/m a = 9.926 m2).
— Cesión 10% aprovechamiento: 992 m2.
— Edificabilidad privada: 8.934 m2.
— Número máximo de viviendas: 94.
— Cesión: 1.490 m2 zona verde y 2.060 m2 equipamiento; total 3.550 m2.
— Tipología: vivienda unifamiliar en hilera (OR-6 22) y vivienda en bloque abierto
(OR-3).
— Sistema de actuación: compensación.
Las redes locales, según el artículo 36 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid,
será de 30 m2 por cada 100 m2 construidos, lo que supone un total de 2.978 m2, de los cuales al menos el 50% deberá ser espacio libre arbolado, es decir 1.489 m2.
En la propuesta se plantea una cesión de 3.550 m2, repartidos entre una zona verde
de 1.490 m2 y un área dotacional, sin especificar su uso que podría ser un mercado municipal,
con una superficie de 2.060 m2.
Esto supone una clara mejoría de las redes locales, tanto respecto de los previstas en
las Normas Subsidiarias, se pasa de 1.625 m2 a 3.550 m2, es decir, más del doble, e incluso se supera la prevista en la ley vigente en 572 m2, un 19% más.
Por otra parte, se incrementa en dos metros el ancho de la calle de nueva creación, prevista inicialmente de ocho metros, pasando a tener 10 metros.
Por lo que se refiere al número de viviendas se establece en un total de 94, repartidas
entre 21 viviendas unifamiliares y un máximo de 73 viviendas en edificio de uso colectivo,
sobre el número de vivienda colectiva habrá un porcentaje aproximado del 13% de viviendas de 90 m2, un 7% de 80 m2 y un 80% de 70 m2.

BOCM-20210610-102

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