San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20210610-102)
Urbanismo. Normas subsidiarias UE-5
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 137

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JUNIO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
102

SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS
URBANISMO

Por resolución del 11 de noviembre de 2009, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 286, de 2 de diciembre de 2009, la Consejería de Medio
Ambiente y Ordenación del Territorio dispuso:
Primero.—Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de San Martín de Valdeiglesias, en el ámbito de la “Unidad de Ejecución UE-5”, con las condiciones que para su desarrollo se establecen en los informes de la Dirección General de evaluación Ambiental de fecha 30 de julio de 2009;
Canal de Isabel II de fecha 1 de septiembre de 2009 y de la Dirección General de Patrimonio Histórico de fecha 29 de octubre de 2009, obrantes en el expediente.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
A los efectos de dar cumplimiento al procedimiento de efectos, publicación y vigencia de los planes generales en concordancia con lo establecido en el artículo 66.1 de la referida Ley 9/2001, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público para su general conocimiento el texto
que se modifica en las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal de San Martín de
Valdeiglesias.

Las Normas Subsidiarias de San Martín de Valdeiglesias se aprobaron por la Comunidad de Madrid el 25/05/1999.
Dichas Normas delimitaban una serie de Unidades de Ejecución, entre ellas la n.o 5 denominada Sur de la Plaza de Toros, de uso residencial y con las siguientes características:
— Superficie: 20.680 m2.
— Espacio libre de uso público parking: 1.625 m2.
— Edificabilidad bruta: 0,48 m2/m2.
— Cesión 10% aprovechamiento.
— N.o de viviendas: 50.
— Cesión 1.625 m2 parking.
— Tipología: vivienda unifamiliar en hilera (OR-6.2.o).
— Sistema de actuación: compensación.
Se incluye como anexo la ficha de la UE-5 en las Normas Subsidiarias.
Esto suponía la construcción de viviendas unifamiliares de tamaño considerable, que
en aquellos años podía considerarse adecuado, pero que en la actualidad no parecen muy
viables. Por otra parte, la previsión de dotaciones era muy reducida.
La delimitación de la Unidad de Ejecución se llevó a cabo sobre un plano a escala 1:2.000,
con una definición bastante deficiente, lo que propició que se incluyera indebidamente una
parte de un solar edificado, perteneciente al suelo urbano consolidado, ya que contaba con
todos los servicios; abastecimiento de agua, saneamiento, suministro eléctrico, alumbrado
público, encintado de aceras y acceso pavimentado, tal y como se refleja en el plano y fotos que se incluyen. Este solar corresponde al inmueble con el número 8 de la plaza de la
Vega, que es la finca catastral n.o 1289720UK8618N0001JH que tiene una superficie total
de 413 m2, de los cuales se incluyeron aproximadamente 160 m2 en la unidad. Esta parte de
la parcela en cuestión, se deja fuera de la unidad, como es lógico.
Por otra partea señalar que fa superficie de la unidad se midió en plano de papel a escala 1:2000, por medios manuales, lo que unido a que la línea que la delimita tiene un grosor
de 3 m, origina un error en dicha superficie de unos 160 m2, es decir, la superficie real sería
de 20.840 m2, lo que se ha comprobado al proceder al levantamiento topográfico de la zona.

BOCM-20210610-102

ANTECEDENTES