C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210609-18)
Convenio colectivo –  Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa PSA Financial Services Spain EFC, S. A. (código número 28101832012017)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 92

MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 136

Artículo 36. Ayuda lentes graduadas, audífonos o prótesis no dentales
Con efectividad del 1 de enero de 2021, la ayuda para lentes graduadas será el importe íntegro
reflejado en factura (una al año) en concepto de lentes, audífonos o prótesis no dentales con el
máximo de 136,97 euros por año natural.
El importe de esta ayuda se revalorizará anualmente en el mismo porcentaje que el salario de
convenio.
Artículo 37. Préstamos sin interés
Todos los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio con
antigüedad superior a un año tendrán derecho a solicitar a la Empresa préstamos sin interés por
una cuantía máxima de 12 veces su salario mensual individual. Para ello será preciso que su
contrato de trabajo tenga una duración igual o superior al plazo de devolución del préstamo. Las
condiciones de su concesión serán determinadas por el Comité de préstamos y el plazo máximo
de devolución se fija en 96 meses.

TÍTULO VI: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Artículo 38. Prevención de Riesgos Laborales
En esta materia se estará a lo dispuesto en la legislación aplicable y en concreto a la Ley
31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.
Sin perjuicio de lo anterior, y como complemento a las políticas anteriormente definidas, la
Empresa se compromete a continuar desarrollando la política de seguridad y salud en el trabajo
existente, a través de la implantación y aplicación del Plan de Prevención y los procedimientos
que la desarrollan, basándose en la idea de la integración de la prevención en todos los niveles
jerárquicos y todas las actividades de la Empresa.
Para tal fin, en su firme compromiso de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, la
dirección de la Empresa establecerá las directrices y objetivos generales, no solamente para
evitar y reducir los riesgos profesionales, sino también para avanzar en la mejora de las
condiciones de trabajo en colaboración con la Representación Legal de los Trabajadores.
Ambas partes, asimismo, declaran la vigencia de los valores y normas de seguridad y salud en el
trabajo del Grupo PSA basados en la vigilancia, ejemplaridad y reactividad.

TÍTULO VII: RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Se considerará falta toda acción u omisión que suponga una infracción o incumplimiento de
deberes laborales derivados de lo establecido en el Estatuto de Trabajadores y normativa laboral
complementaria, en el presente Convenio o en el contrato de trabajo.

BOCM-20210609-18

Artículo 39. Faltas