D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210608-16)
Convenio –  Convenio de colaboración, de 23 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Unión de Consumidores Europeos de la Comunidad de Madrid (Euroconsumo) y los ayuntamientos de Buitrago del Lozoya, Cenicientos, Rascafría, Rozas de Puerto Real, Valdemanco, Valverde de Alcalá y Villavieja del Lozoya, para implantar un sistema de información al consumidor
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 135

partes están de acuerdo en la necesidad de colaborar en la adopción de medidas que conduzcan a la consecución de un mismo objetivo, que no es otro que contribuir a garantizar la
protección de los consumidores y usuarios de la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo expuesto, acuerdan formalizar el presente convenio de colaboración
con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto y finalidad
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones en la que se prestará
un servicio de información al consumidor en los ayuntamientos de Buitrago del Lozoya,
Cenicientos, Rascafría, Rozas de Puerto Real, Valdemanco, Valverde de Alcalá y Villavieja del Lozoya, de manera que sea posible para los habitantes de la zona el correcto ejercicio de sus derechos como consumidores y usuarios.
La finalidad que se persigue con la suscripción de este convenio es desarrollar un marco de colaboración conjunta entre municipio, autonomía y asociación de consumidores, de
manera que sin perder de vista las circunstancias geográficas y las peculiaridades de la población a la que se dirige, sea posible ofrecer al mayor número de población posible y con
un cierto grado de homogeneidad, un nivel adecuado de protección en materia de consumo.
Las entidades locales que, con posterioridad a su entrada en vigor, deseen adherirse al
presente convenio, deberán formalizar su adhesión mediante el procedimiento descrito en
la cláusula tercera.
Segunda

1. Escenarios de prestación del servicio:
En función de la situación epidemiológica y de las medidas que se puedan adoptar por
las autoridades competentes para la prevención, contención y control de la pandemia causada por la COVID-19, se prevén distintos tipos de escenarios para la prestación del servicio de atención al consumidor:
a. Escenario 1. Se mantiene la crisis sanitaria con ausencia de restricciones de acceso a las dependencias municipales en las que se ubique el servicio. La atención
al consumidor se prestará de forma presencial, con las condiciones de acceso a las
dependencias que dicten los protocolos dispuestos por las autoridades sanitarias y
por el Ayuntamiento en el que se preste.
b. Escenario 2. Las medidas adoptadas por las autoridades competentes imposibilitan que el servicio se preste de manera presencial en alguno de los municipios
firmantes del convenio, o que los consumidores y usuarios de determinadas zonas
de un municipio puedan acceder a las dependencias municipales en las que se
preste. En este caso, la atención al consumidor se llevará a cabo a distancia en tanto se mantengan vigentes las mencionadas medidas.
La atención a distancia comprenderá las modalidades de atención telefónica, el
correo electrónico y las videoconferencias.
c. Escenario 3. Las autoridades decretan el fin de la crisis sanitaria ocasionada por la
COVID-19 y el servicio de atención al consumidor se presta de forma presencial.
2. Para garantizar el cumplimiento del objeto de este convenio, los ayuntamientos
firmantes se comprometen a llevar a cabo las siguientes actuaciones:
a. Notificar el escenario de aplicación a la prestación del servicio a la Consejería de
Economía, Empleo y Competitividad, a través de la Dirección General de Comercio y Consumo, y a la asociación de consumidores.
b. Facilitar una ubicación, debidamente señalizada dentro de las dependencias municipales, donde pueda localizarse de forma diferenciada y permanente el servicio
de información y defensa al consumidor.
c. Dotar a este servicio de información y defensa al consumidor con, al menos, un ordenador con conexión de alta velocidad a Internet, una línea telefónica directa y
el material de oficina imprescindible para el desempeño del trabajo.

BOCM-20210608-16

Escenarios de prestación del servicio de atención al consumidor y obligaciones
de las partes