D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20210605-2)
Convenio –  Convenio de 18 de mayo de 2021, de colaboración entre el Servicio Madrileño de Salud y el excelentísimo Ayuntamiento del Real Sitio de San Fernando de Henares, para el desarrollo de actividades de tipo ocupacional, promoción de hábitos de vida saludables, ocio y habilidades sociales con personas incluidas en el Programa de Continuidad de Cuidados del Área de Gestión Clínica de Psiquiatría y Salud Mental del Hospital Universitario del Henares
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 133

El número 2 de este mismo artículo establece los objetivos generales pretendidos por
la norma:
a) Favorecer el mantenimiento en el entorno comunitario de las personas con enfermedades mentales crónicas, promoviendo y apoyando su integración social.
b) Posibilitar la mejora de su funcionamiento psicosocial, de modo que puedan manejarse en la comunidad del modo más autónomo e independiente que en cada
caso sea posible.
c) Apoyar a las familias de enfermos mentales crónicos, mejorando sus capacidades
y recursos y promoviendo la mejora en su calidad de vida”.
Entre los ámbitos de actuación que recoge el artículo 3 del Decreto 122/1997, de 2 de
octubre, se encuentra la “Rehabilitación psicosocial” entendida como “el proceso individualizado de recuperación de habilidades y capacidades personales y sociales y de apoyo
para promover el mayor nivel posible de autonomía y funcionamiento en la comunidad”.
Por su parte, el artículo 5 de esta misma norma, dispone los tipos de centros integrados en la red pública de este servicio, entre los que se sitúan:
“Centros de rehabilitación psicosocial (CRPS): Tipo de centro de día dirigidos a ayudar a las personas enfermas mentales crónica a que alcancen el máximo desarrollo de su
autonomía personal y social y el mayor grado posible de integración social en la comunidad. Así como a sus familias para mejorar sus recursos y hacerles más competentes en el
manejo de la convivencia con su familiar afectado de enfermedad mental grave y crónica y
en el apoyo a su rehabilitación”.
Y el artículo 6 establece los requisitos que deben reunir los usuarios para poder acceder a uno de los recursos del servicio público de atención social, rehabilitación psicosocial
y soporte comunitario:
“c) Tener un diagnóstico de enfermedad mental grave y crónica, presentando dificultades en su funcionamiento psicosocial y en su integración social, así como estar
siendo atendidos en algún Servicio de Salud Mental dependiente de la Comunidad
de Madrid”.
Por otro lado, la Ley 11/2003, de 27 de marzo, Servicios Sociales de la Comunidad de
Madrid establece, en su artículo 3.1, las funciones de la Atención social primaria, consistentes en:
“g) Desarrollo de programas comunitarios para la promoción social de individuos y
grupos de población, así como para la prevención y detección precoz de situaciones de riesgo.
h) Desarrollo de programas y actividades para prevenir la exclusión y facilitar la reinserción social”.
En la Comunidad de Madrid el sistema público de servicios sociales se organiza en dos
niveles, correspondientes a la Atención social primaria y a la Atención especializada respondiendo la relación entre ambos niveles a criterios de complementariedad, de acción coordinada para la consecución de objetivos comunes o de actuación conjunta, con objeto de conseguir
la continuidad en los itinerarios prestaciones que deban aplicarse desde los distintos tipos de
servicios, conforme establece el artículo 29 de la Ley 11/2003, de 27 de marzo.
De este modo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 30 de la Ley 11/2003, de 27
de marzo, la Atención Social Primaria, es la “estructura dispuesta para el acceso de los ciudadanos al sistema de servicios sociales y a las prestaciones del mismo. Su carácter es comunitario, al dar respuesta a las necesidades de atención social de las personas en el propio
ambiente donde estas conviven y se relacionan”.

El Club Social de Salud Mental, ubicado en el Centro de Rehabilitación Psicosocial de
San Fernando de Henares inició sus actividades en octubre de 1994. En este centro se realizan actividades diseñadas y gestionadas por técnicos de este centro y de los servicios de
salud mental.
El Club Social de Salud Mental es un centro de rehabilitación psicosocial y su finalidad
es la de ofrecer atención a personas adultas, entre 18 y 65 años, con discapacidades psicosociales y dificultades de integración por causa de trastornos mentales severos, que son derivados desde los Programas de Continuidad de Cuidados de los Servicios de Salud Mental de la
red pública sanitaria, como responsable de su tratamiento y seguimiento psiquiátrico.

BOCM-20210605-2

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