D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20210605-2)
Convenio –  Convenio de 18 de mayo de 2021, de colaboración entre el Servicio Madrileño de Salud y el excelentísimo Ayuntamiento del Real Sitio de San Fernando de Henares, para el desarrollo de actividades de tipo ocupacional, promoción de hábitos de vida saludables, ocio y habilidades sociales con personas incluidas en el Programa de Continuidad de Cuidados del Área de Gestión Clínica de Psiquiatría y Salud Mental del Hospital Universitario del Henares
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 133

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE JUNIO DE 2021

Pág. 11

Su objetivo es lograr el máximo nivel de autonomía personal y social, mejorar su funcionamiento psicosocial y promover su integración en la comunidad, así como apoyar a sus
familias, a través del desarrollo de intervenciones individuales y grupales en las áreas de:
autocuidado y actividades de la vida diaria, psicomotricidad, habilidades sociales, autocontrol, psicoeducación y manejo de la enfermedad, integración comunitaria y apoyo a la integración social.
Asimismo, a través del Club Social se ponen en marcha estrategias globales que incidan favorablemente en la inclusión social de los enfermos de salud mental como ciudadanos
del municipio, y fomentar su mayor bienestar, como una de las principales responsabilidades dentro del ámbito municipal.
Undécimo
Que el artículo 12 de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, establece que:
“1. A efectos de la presente Ley y con el fin de facilitar a los ciudadanos una prestación
ágil y eficaz de los servicios sociales, las Administraciones públicas actuantes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid se prestarán entre sí la colaboración necesarias, mediante
los instrumentos de cooperación previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (referencia que debe entenderse hoy hecha a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público).
(…)
3. Para facilitar la cooperación entre las Entidades Locales y la Administración autonómica en el desarrollo de las funciones, prestaciones y equipamientos propios de los
servicios sociales, la Comunidad de Madrid arbitrará las fórmulas de gestión más adecuadas, tales como convenios de colaboración o consorcios de gestión”.
En el año 2000 se firmó el primer convenio entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de San Fernando, enmarcado dentro del Programa de Continuidad de Cuidados de
Salud Mental, como parte del proceso de rehabilitación de las personas con trastorno mental grave. Este convenio se ha mantenido ininterrumpidamente, por lo que goza de gran
arraigo entre la comunidad y del que se han beneficiado, hasta la fecha, numerosos pacientes con enfermedad mental grave y persistente.
Duodécimo
Que se hace necesario la conveniencia de mantener una línea de continuidad en la colaboración entre ambas administraciones en este ámbito, mediante una acción coordinada,
con objetivos comunes, con el fin de lograr la continuidad en los itinerarios prestacionales
de integración comunitaria y apoyo a la integración social.
Por lo que, en cumplimiento de la normativa anteriormente indicada y teniendo en
cuenta que la promoción del ocio y tiempo libre, de hábitos de vida saludables, de fomento de las habilidades sociales, el ejercicio y la cultura suponen un pilar básico del proceso
de rehabilitación de las personas con trastorno mental grave, como ha quedado demostrado
a lo largo de los años de colaboración mantenida entre el Ayuntamiento de San Fernando
de Henares y el Servicio Madrileño de Salud, las partes deciden el establecimiento de un
nuevo convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente convenio es establecer un marco de colaboración entre el Servicio
Madrileño de Salud, a través del Hospital Universitario del Henares, y el Ayuntamiento de
San Fernando de Henares, para el desarrollo de actividades de tipo ocupacional, promoción
de hábitos de vida saludables, ocio y habilidades sociales con personas incluidas en el Programa de Continuidad de Cuidados del Área de Gestión Clínica de Psiquiatría y Salud Mental
del Hospital Universitario del Henares.

BOCM-20210605-2

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