D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - O. A. AGENCIA PARA LA VIVIENDA SOCIAL (BOCM-20210604-10)
Convenio –  Convenio de 17 de mayo de 2021, entre la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid y Leroy Merlin España, S. L. U., para la colaboración en la realización de proyectos de adaptación y acondicionamiento de viviendas habitadas por personas en situación de vulnerabilidad y/o exclusión social, especialmente niños y mayores
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 132

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JUNIO DE 2021

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acceso a la información pública y buen gobierno y Ley 10/2019, de 10 de abril, de
Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid.
Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de aprobación
escrita de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.
Se restringirá el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en la
medida en que razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus tareas
acordadas.
No utilizar la información o fragmentos de ésta para fines distintos de la ejecución de este
Convenio.
Cumplir con todos los términos fijados en el presente acuerdo y muy especialmente
aquellos relativos a las cláusulas sobre propiedad intelectual e industrial, confidencialidad
y obligación de secreto, manteniendo esta confidencialidad y evitando revelar la
información a toda persona que no sea empleado o subcontratado.

Los Corresponsables garantizarán que su personal, colaboradores, voluntarios y en general,
todas las personas de su responsabilidad que tengan acceso a la información confidencial y a
los datos personales del otro corresponsable y de los solicitantes de “Realización de
proyectos de adaptación y acondicionamiento de viviendas habitadas por personas en
situación de vulnerabilidad y/o exclusión social, especialmente niños y mayores” (en
adelante, los “Interesados”), respeten la confidencialidad de la información, así como las
obligaciones relativas al tratamiento de datos de carácter personal, aun después de finalizar
su relación contractual. Por tanto, los Corresponsables realizarán cuantas advertencias y
suscribirán cuantos documentos sean necesarios con dichas personas, con el fin de asegurar
el cumplimiento de estas obligaciones.
Los Corresponsables mantendrán a disposición de la otra parte la documentación
acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el párrafo anterior.
CUARTA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
Mediante las presente cláusulas se habilitan las partes como Corresponsables en el
tratamiento de los datos de carácter personal necesarios para el cumplimiento y ejecución
del presente Convenio.

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Acceder a los datos de carácter personal de los Interesados únicamente cuando sea
imprescindible para el buen desarrollo y ejecución del Convenio.
Tratar los datos de los Interesados con la única finalidad de dar cumplimiento al objeto
del Convenio.
Para la ejecución del referido Convenio, las Partes se comprometen exclusivamente a
tratar la siguiente información personal de los Interesados: nombre y apellidos, DNI /NIE,
domicilio postal, nacionalidad, teléfono y/o mail.
El tratamiento de datos personales incluirá los siguientes aspectos:
 Recogida
 Registro
 Estructuración
 Conservación
 Consulta

BOCM-20210604-10

Los Corresponsables del Tratamiento, asumen las siguientes obligaciones: