D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - O. A. AGENCIA PARA LA VIVIENDA SOCIAL (BOCM-20210604-10)
Convenio –  Convenio de 17 de mayo de 2021, entre la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid y Leroy Merlin España, S. L. U., para la colaboración en la realización de proyectos de adaptación y acondicionamiento de viviendas habitadas por personas en situación de vulnerabilidad y/o exclusión social, especialmente niños y mayores
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 132

(en adelante, “RGPD”), así como en el artículo 29 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en
adelante, “LOPDGDD”), y en el resto de normativa vigente en la materia.
Identidad y datos de contacto de los “Corresponsables del Tratamiento”.

Responsable de la AGVS
Identidad: Dirección Gerencia de la Agencia de Vivienda Social.
Dirección: C/ Basílica 23. C.P. 28020. Madrid.
Teléfono: 915809669
Email: gerencia.agenciavivienda@madrid.org
Datos de contacto del Delegado de Protección de Datos
Email: protecciondatosagvivienda@madrid.org
Dirección: C/ Basílica 23. C.P. 28020. Madrid.

Responsable de Leroy Merlin España, S.L.U.
Identidad: Leroy Merlin España, S.L.U.
Dirección: Avenida de la Vega, núm. 2, 28108, Alcobendas, Madrid.
Datos de contacto del Delegado de Protección de Datos
Email: privacidad@leroymerlin.es
Dirección: Avenida de la Vega, núm. 2, 28108, Alcobendas, Madrid.
SEGUNDA.- DEFINICIONES.
Los términos específicos en materia de protección de datos, serán interpretados conforme a
lo establecido en el artículo 4 del RGPD.
TERCERA.- DEBER DE SECRETO Y CONFIDENCIALIDAD.
Los Corresponsables del tratamiento se obligan a guardar la máxima reserva y secreto sobre
la información clasificada como confidencial con motivo de la ejecución del Convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de ser
revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible,
actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada
como consecuencia de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según
lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno y Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y
Participación de la Comunidad de Madrid.
La obligación de confidencialidad tendrá carácter indefinido, manteniéndose en vigor con
posterioridad a la finalización por cualquier causa de la relación entre las partes.

a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución motivada
en los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,

BOCM-20210604-10

Las partes se obligan con respecto a la información y material que hayan podido recibir
como consecuencia de este Convenio a: