B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210603-7)
Permisos funcionarios docentes –  Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se convocan permisos parcialmente retribuidos a partir del curso 2021-2022, así como licencias de un curso sin retribución para el curso 2021-2022, para los funcionarios docentes que imparten enseñanzas en centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Juventud, y para los funcionarios docentes que imparten enseñanzas artísticas superiores, dependientes de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 131

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE JUNIO DE 2021

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diéndose con este las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contrario del interesado. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del
interesado. Si se desea actuar por medio de representante, se deberán consignar los datos
requeridos en el apartado correspondiente de la solicitud.
10.3. Documentación requerida.
— Permisos parcialmente retribuidos:
d Declaración responsable de no ocupar, durante el último curso de disfrute del
permiso, un puesto en los términos previstos en el apartado 2.2 de la base segunda de la presente resolución.
— Licencias sin retribución:
d En caso de tener nombramiento en vigor para el curso 2020-2021 para un cargo
unipersonal de gobierno, solicitud de cese voluntario del mismo, con efectos
previos al inicio del curso escolar, condicionada a la concesión de la licencia
sin retribución.
d Documento que acredite la causa de solicitud de la licencia sin retribución (estudios u otras causas justificadas).
— En caso de actuar por medio de representante, deberá consignar sus datos en el
apartado correspondiente de la solicitud, y presentar:
d Copia del DNI del representante en el supuesto de oposición a su consulta. La
Comunidad de Madrid consultará por medios electrónicos el DNI del representante, o en el caso de oponerse a su consulta, deberá aportar copia del mismo y
justificar su oposición.
d Documento de otorgamiento de la representación.
Undécima
Plazo para la presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día
siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Duodécima
Listas provisionales de admitidos:
12.1. La Dirección General de Recursos Humanos dictará la Resolución por la que
se harán públicas las listas provisionales de los permisos parcialmente retribuidos y licencias sin retribución, en el portal de la Comunidad de Madrid, www.comunidad.madrid, dentro del apartado “Administración electrónica: Punto de acceso general”, escribiendo en el
texto del buscador: “permisos parcialmente retribuidos licencias retribución 2022”.
Estos listados podrán ser consultados, con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos, en el portal “personal + educación” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), al que se accede siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Acción Social”, “Permiso parcialmente retribuido y Licencia sin retribución”.
12.2. Contra la citada Resolución podrá presentarse, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación, escrito de alegaciones, dirigido a la
Subdirección General de Gestión del Profesorado de Educación Secundaria, Formación
Profesional y Régimen Especial de la Dirección General de Recursos Humanos, en el que
podrán subsanarse los defectos de que adolezca la solicitud.
El formulario de alegaciones se encontrará disponible en el portal de la Comunidad de
Madrid, www.comunidad.madrid, dentro del apartado “Administración electrónica: Punto
de acceso general” escribiendo en el texto del buscador “permisos parcialmente retribuidos
licencias retribución 2022”. También se podrá acceder a través del portal “personal + educación” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Acción Social”, “Permiso parcialmente retribuido y Licencia sin retribución”. Este escrito deberá cumplimentarse por medios electrónicos y su presentación
se realizará en la forma prevista en la base décima de esta Resolución.

BOCM-20210603-7

Listas de admitidos y excluidos y Resolución