B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20210603-6)
Bases proceso selectivo –  Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueban las bases generales y los baremos de méritos que han de regir las convocatorias de los procesos selectivos de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, derivados de las ofertas de empleo público de la Comunidad de Madrid para los años 2018 y 2019
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 131

d) En el apartado “Tasas”, únicamente se marcará una de las opciones que figuran en la
solicitud, según corresponda. En el caso de “Pago total de la tasa” y de “Exención
parcial”, habrá que indicar, igualmente, el código numérico del modelo 030 que
identifica el pago de la tasa correspondiente efectuado mediante ese documento.
En el caso de marcar la opción de exención total de la tasa, deberá además señalar
la situación o circunstancia que posibilita dicha exención.
e) En el apartado “Adaptación solicitada”, el aspirante que requiera adaptación para
la realización de las pruebas selectivas, deberá marcar la/s casilla/s correspondiente/s, identificando el tipo o tipos de adaptaciones solicitadas.
f) En el apartado “Documentación requerida y consulta de datos”, deberán marcarse
las casillas que correspondan a la documentación necesaria a aportar, conforme a
la convocatoria.
g) A efectos del cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección
de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos
de la solicitud están contenidos en la Actividad de Tratamiento denominada Oposiciones, donde recibirán el necesario y adecuado tratamiento para el desarrollo de
las pruebas selectivas, lo que implica la necesaria aportación de todos los datos
que en el modelo de solicitud se demandan, a efectos de admisión y participación
en dichas pruebas selectivas.
5.5. Con la firma de la solicitud, el participante da el consentimiento a la Administración convocante para que pueda proceder a la publicación en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto, de los datos de carácter personal necesarios para
los actos de trámite que se deriven del proceso selectivo.
5.6. Presentación de la solicitud.
5.6.1. Una vez cumplimentada la solicitud de participación dentro del plazo fijado
en la base 5.6.2, el interesado deberá presentarla junto con la documentación correspondiente, dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del
Servicio Madrileño de Salud. Dicha presentación deberá realizarse de manera telemática.
El interesado una vez cumplimentada su solicitud por medios electrónicos a través del
formulario indicado en la base 5.1 procederá al envío telemático de su solicitud adjuntándose, en el momento de su presentación, la documentación requerida conforme a lo dispuesto en la base 5.6.5.
A estos efectos, para presentar la solicitud y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la
Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
La firma de la solicitud por el aspirante es un requisito imprescindible para la admisión al proceso selectivo. En caso de falta de firma, se procederá a la exclusión provisional
del proceso.
5.6.2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
5.6.3. La no presentación de la solicitud en el plazo establecido para ello determinará la inadmisión al proceso selectivo.
5.6.4. El domicilio que figure en las solicitudes se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la
consignación del mismo, como en la comunicación al órgano convocante de cualquier cambio de dicho domicilio. En ningún caso, el cambio del citado domicilio podrá afectar al trámite administrativo ya efectuado.

BOCM-20210603-6

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