Griñón (BOCM-20210602-68)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 130

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE JUNIO DE 2021

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BOCM-20210602-68

Dado el carácter urgente de estas contrataciones y la celeridad de este tipo de llamamientos, basado en breves plazos temporales, se requiere disponibilidad absoluta de los/las
integrantes de la bolsa de empleo por lo que, de forma generalizada y para una mayor eficacia, dichos llamamientos se realizarán por correo electrónico a la dirección señalada por
el interesado/a en la solicitud y que deberá actualizar él/ella mismo/a cuando proceda, del
llamamiento quedará constancia en el expediente, entendido su rechazo transcurrido el plazo de 5 días naturales sin su aceptación expresa. En casos excepcionales debidamente acreditados, el Ayuntamiento podrá habilitar otros procedimientos.
En estos casos, en el supuesto de que un/a aspirante seleccionado/a sea llamado para
trabajar como administrativo, objeto de la presente bolsa, y simultáneamente sea requerido/a en alguno de los programas específicos descritos en el párrafo anterior, el/la aspirante
deberá contratar obligatoriamente con estos programas, pasando a ocupar el primer puesto
de la bolsa cuando finalice el programa.
El/la aspirante deberá confirmar su disponibilidad a la propuesta de contratación o
nombramiento en el momento de remitir correo electrónico, junto con llamada telefónica
que se acreditará en el expediente o en el plazo máximo de 5 días naturales. En caso de no
ser localizado/a, se dará aviso inmediato al/a la siguiente de la lista. Si la no localización es
justificada documentalmente, el aspirante pasará a la situación de reserva, para ser llamado/a en la próxima contratación. Si dicha no localización no es justificada documentalmente, pasará a ocupar el último lugar de la lista.
Cuando la imposibilidad de localización se repita de nuevo en la misma persona situación, con ocasión de dos ofrecimientos de contratación, pasará a estar excluido/a de la bolsa.
Igualmente, si en el momento del llamamiento el/la aspirante estuviera trabajando,
acreditándolo documentalmente en el plazo de 5 días antes citado, y no formalizara contrato con el Ayuntamiento o no fuera posible su localización, pasará al último lugar de la lista, de igual forma si en el momento del llamamiento el/la aspirante tuviera contrato en vigor con el Ayuntamiento de Griñón.
Si en el momento de ser requerido/a para una contratación no pudiera incorporarse por
concurrir fuerza mayor, justificándose documentalmente dicha situación, se pasará a situación de reserva en la bolsa (permanecerá en el mismo lugar de la lista sin ser llamado/a para
ningún puesto de trabajo). Una vez finalizada la situación por la que se produjo la reserva,
el interesado/a deberá comunicar al Ayuntamiento en el plazo de diez días que ya se encuentra disponible. Si no se hiciera así pasará a ocupar el último lugar de la lista.
Se entiende por fuerza mayor:
a) Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
b) Enfermedad acreditada por parte médico oficial.
c) Situación grave de un familiar hasta primer grado de consanguinidad o afinidad y
que necesite presencia del trabajador/a.
d) Matrimonio.
De toda gestión de la bolsa, se dejará constancia en el expediente, con la documentación precisa y/o diligencia de empleado responsable y se publicará el resultado de cada llamamiento en la sede electrónica del Ayuntamiento (tablón electrónico de anuncios).
En cualquier caso, será obligación de los/las aspirantes comunicar al Ayuntamiento de
Griñón cualquier cambio de su situación para activar de nuevo el llamamiento.
El/la aspirante que rechace la contratación sin ninguna justificación, será eliminado/a
de la bolsa. Asimismo, la baja voluntaria del trabajador/a ya contratado/a por el Ayuntamiento a través de la bolsa de empleo, conllevará la exclusión total de la bolsa.
La renuncia sin justificar al puesto que se ofrezca, o no aceptación expresa o tácita, significará la exclusión de la lista de espera correspondiente, en cualquiera de las bolsas en las
que estuviera inscrito.
Los aspirantes solo podrán optar al contrato para aquel puesto en que fuesen llamados
en primer lugar, quedando, al contratar, excluido de cualquier otra bolsa.