B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210528-15)
Profesores de religión –  Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación y Juventud, de la Comunidad de Madrid, por la que se abre el plazo para la actualización de los méritos para una eventual convocatoria de procedimiento de adjudicación de vacantes provisionales para profesores de religión para el curso 2021-2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 126

Cuando al aplicar estos criterios, algún concursante alcance en alguno de los subapartados del baremo la máxima puntuación otorgada al apartado al que pertenece, no se tomarán en consideración las puntuaciones del resto de subapartados. De resultar necesario, se
utilizarán como ulterior criterio de desempate el orden que establezca la última Resolución,
publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid.
A los efectos de antigüedad ininterrumpida en el centro, a los profesores de religión
con destino definitivo derivado de fusión, integración, traslado de enseñanzas o desdoble
de centros, se les considerará el tiempo desempeñado en el centro de procedencia como de
permanencia ininterrumpida.
Novena
Lista provisional de admitidos y excluidos con valoración de los méritos. Plazo
de alegaciones
1. Listas provisionales de valoración de méritos: Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes y valorados los méritos, la Dirección General de Recursos Humanos dictará Resolución, ordenando la publicación de las listas provisionales de admitidos y
excluidos con indicación del baremo provisional.
En dicha Resolución, se indicarán los lugares y modos en que se puedan consultar las
listas y se concederá un plazo para alegaciones.
2. Alegaciones al baremo provisional.
Los participantes que deseen hacer alegaciones, podrán presentarlas utilizando los modelos que figuran como Anexo III-A y Anexo III-B, indicando el error o defecto que lo motive. Dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de
la publicación de la lista provisional.
Las alegaciones se dirigirán al Servicio de Gestión del Profesorado de Educación Infantil,
Primaria y Especial II de la Dirección General de Recursos Humanos (C/ Santa Hortensia, número 30. 28002–Madrid) remitiéndose por los procedimientos establecidos en la base sexta.
Décima
Publicación del baremo definitivo
Examinadas las alegaciones presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos
dictará la resolución ordenando la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos con el resultado de la valoración de los méritos que se publicará en los mismos lugares que la lista provisional.
Con esta Resolución, se darán por resueltas todas las alegaciones que se hayan formulado, debiendo los concursantes, mediante su publicación, entenderse notificados a todos los
efectos de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El baremo obtenido por cualquier concursante que no se haya ajustado a las normas de
la convocatoria, podrá ser anulado de oficio de acuerdo con lo dispuesto al respecto en el
ordenamiento jurídico, así como en el caso de comprobarse la inexactitud o falsedad de los
documentos aportados; todo ello, sin perjuicio de la eventual exigencia de responsabilidad
a que hubiere lugar.
Decimoprimera
Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer demanda ante los
Juzgados de lo Social de la Comunidad Madrid, en el plazo de 2 meses, contados a partir
del día siguiente al de su publicación, todo ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 6, 10 y 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social,
sin perjuicio de cuantas otras acciones estime oportuno ejercer.
Madrid, a 20 de mayo de 2021.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.

BOCM-20210528-15

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