C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210528-21)
Convenio colectivo –  Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Compañía Española de Servicios Públicos Auxiliares (CESPA, S. A.), Servicio de Limpieza Viaria y Recogida de Residuos Urbanos de Colmenar Viejo (código número 28014321012008)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 126

VIERNES 28 DE MAYO DE 2021

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Un anorak cada dos años.

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Un forro polar

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Un chaleco cada dos años.

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Un par de botas de material al año.

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Un par de zapatos al año.

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Una cazadora de verano al año.

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Dos monos.

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Peones
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Dos pantalones de pana y dos pantalones de tergal al año.

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Una gorra o gorro de lana de invierno y una gorra de verano al año, para aquellos que lo soliciten.

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Un traje de agua, según necesidades.

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Un par de botas de material al año.

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Un par de zapatos al año.

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Un par de botas de goma, según necesidades.

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Un forro polar

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Un chaleco cada dos años.

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Una cazadora de verano al año.

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Un anorak cada dos años.

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Cuatro camisas al año (dos de ellas de manga corta).

Taller
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Dos pantalones (uno de ellos de verano) al año.

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Cuatro monos al año.

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Un forro polar

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Dos camisas al año.

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Un anorak cada dos años.

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Un par de botas de seguridad al año.

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Un par de zapatos al año.

No obstante lo anterior, la Empresa junto con los Representantes de los Trabajadores velarán por
la calidad y cantidad de las prendas de trabajo, a fin de corregir las posibles necesidades del servicio.
Toda prenda que no reúna las condiciones de uso, será cambiada.
Se le entregará un juego de toallas dos veces al año a todo el personal.
El calendario de entrega de las prendas de trabajo será:
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Ropa de verano: Antes del 15 de mayo.

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Ropa de invierno:

Antes del 15 de octubre.

Por acuerdo entre la empresa y la representación legal de los trabajadores, podrá establecerse
un pacto en otro sentido a lo regulado en este precepto, por ello se acuerda la creación de una
comisión compuesta por la Representación legal de los trabajadores y la empresa al objeto de
tratar la calidad y cantidad de la ropa de trabajo o vestuario.

Incremento salarial: 2021-2026.
Los incrementos contenidos en el presente convenio, toman como tablas de partida o de base,
las tablas salariales de 2020.
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2021: Se establece un incremento de 140 € consolidables en un pago único una vez que se
adjudique la nueva contrata. (Por consiguiente y tratándose de un pago único, el devengo
es puntual, y por tanto deberá abonarse en su integridad por la empresa que resulte adjudicataria del servicio en el momento de la puesta en marcha efectiva del servicio) Estos 140 €

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ARTÍCULO 45 – INCREMENTOS SALARIALES.