C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210527-17)
Convenio colectivo –  Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Siemens Gamesa Renewable Energy 9Ren, S. L. (Código número 28102181012018)
26 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 162

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 125

pondiente. Implica la situación de dominio metodológico y experiencia plenos en la función.
Dada su condición de experto actúa como formador y evaluador.
Para realizar la función de evaluador, habrá de ser designado a propuesta de su responsable. Tras esta designación, cuya aceptación será voluntaria, deberá realizar el plan de formación específico identificado en el marco global de la compañía para obtener este rol, así
como la fase de entrevista.
En calidad de evaluador, realizará evaluaciones a los candidatos, planificará las tareas a
realizar por los mismos, y verificará y validará la adquisición de los conocimientos y experiencia precisos, tanto para candidatos de la posición de Maintenance Technician como para la de Troubleshooter, conforme a lo recogido en el marco global.
MAINTENANCE TECHNICIAN (MT)
La inclusión en este Grupo Profesional vendrá determinada por la cualificación teórica que supone el haber completado todo el itinerario formativo establecido en el Grupo Siemens Gamesa
para este colectivo, así como por haber alcanzado determinadas cotas de experiencia práctica
demostrada en el puesto de trabajo, conforme a su cualificación formativa.
Son aquellos técnicos que realizan, principalmente, trabajos de mantenimiento preventivo/correctivo planificados.
Dentro de este Grupo Profesional se establecen los siguientes 4 Niveles:
-

Nivel 1 (Entrada): Se corresponde con la posesión de la capacitación formativa inicial acreditada, establecida al efecto por la compañía, dentro del itinerario formativo correspondiente. La inclusión en este nivel indica que el técnico precisa la colaboración de un experto/superior o, al menos, un cierto nivel de supervisión, para desempeñar las principales tareas de la función. Ha de tener completada la formación mínima para un basic technician
(cuya duración aproximada es de entre 4 y 6 semanas) y la formación mínima para un maintenance technician (cuya duración aproximada es de entre 6 y 12 meses).

-

Nivel 2 (Competencia): Se corresponde con la posesión de la capacitación formativa acreditada, establecida al efecto por la compañía, dentro del itinerario formativo correspondiente.
Requiere, además, haber ocupado el nivel 1 por un periodo de 24 meses continuados. Para
la inclusión en este nivel se ha de alcanzar un cierto grado de autonomía en el desempeño
de las principales tareas de la función.

-

Nivel 3 (Avanzado): Se corresponde con la posesión de la capacitación formativa acreditada, establecida al efecto por la compañía, dentro del correspondiente itinerario formativo.
Requiere, además, haber ocupado por un tiempo, no menor, a 5 años continuados esta posición. Para la inclusión en este nivel se ha de alcanzar un cierto grado de autonomía en el
desempeño de las principales tareas de la función.

-

Nivel 4 (Appointed Person): Se corresponde con la posesión de la capacitación formativa
acreditada y establecida al efecto por la compañía, dentro del itinerario formativo correspondiente. Implica la situación de dominio metodológico y experiencia plenos en la función.
Dada su condición de experto actúa como formador y evaluador.
Para realizar la función de evaluador, habrá de ser designado a propuesta de su responsable. Tras esta designación, cuya aceptación será voluntaria, deberá realizar el plan de formación específico identificado en el marco global de la compañía para obtener este rol, así
como la fase de entrevista.
En calidad de evaluador, realizará evaluaciones a los candidatos, planificará las tareas a
realizar por los mismos, y verificará y validará la adquisición de los conocimientos y experiencia precisos, para candidatos de la posición de Maintenance Technician, conforme a lo
recogido en el marco global.
Capítulo III

Artículo 6.- Jornada
Para los años de vigencia del presente Convenio, la jornada laboral anual será de 1.764 horas,
dentro de las cuales 10 horas serán de libre disposición. Estas horas de libre disposición podrán
ser disfrutadas siempre con acuerdo entre la empresa y el trabajador, como máximo en dos periodos, necesariamente uno de ellos en jornada completa, siempre y cuando se garantice la actividad
ordinaria de la misma.

BOCM-20210527-17

Jornada