C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210527-17)
Convenio colectivo –  Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Siemens Gamesa Renewable Energy 9Ren, S. L. (Código número 28102181012018)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 125

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MAYO DE 2021

Pág. 173

Puesta en Marcha, con las especiales especifidades que dicho puesto lleva aparejadas, por lo que
el citado complemento tendrá carácter de “no consolidable” y no generará derecho adquirido ni
condición más beneficiosa
14.2 Complemento de Función- Trabajos de Grandes Correctivos
A los trabajadores incluidos en el Grupo 4 Specialist Technician Grandes Correctivos (GGCC),
cuyas funciones sean los trabajos de Grandes Correctivos, se les abonará un Complemento de
Función por importe de 3.500 € brutos anuales, repartidos en 12 pagas mensuales, que retribuirá,
tanto la disponibilidad extraordinaria de la jornada diaria como la excepcionalidad de trabajar o
desplazarse en sábados, domingos y festivos entre semana con un máximo de 18 días. En el momento que el empleado deje de realizar estas funciones específicas de GGCC y pase a pertenecer
a otro colectivo dejará de percibir el citado complemento de función. Estos 18 días en sábados,
domingos o festivos entre semana, preferentemente, se distribuirán del siguiente modo: 10 días
dedicados a tareas propias de la actividad de gran correctivo y 8 días dedicados a desplazamientos motivados por la actividad de gran correctivo o viceversa. En cualquier caso, esta proporción
podrá alterarse siempre que así lo requiera la actividad o medie acuerdo entre las partes.
El complemento de Función de Grandes Correctivos anterior tiene la consideración de complemento función, estando vinculado de forma directa a la asunción de las funciones como Técnico
de Grandes Correctivos, con las especiales especifidades que dicho puesto lleva aparejadas, por
lo que el citado complemento tendrá carácter de “no consolidable” y no generará derecho adquirido
ni condición más beneficiosa.
14.3 Complemento Función - Team Leader
Al técnico incluido en el Grupo 4 Team Leader, que desempeñe la función de Team Leader,
mientras desempeñe esta función y vinculado directamente a la misma, en concepto de complemento función se le abonarán 1.300 € brutos anuales, repartidos en 12 pagas mensuales.
El complemento de Función de Team Leaders anterior tiene la consideración de complemento
función, estando vinculado de forma directa a la asunción de las funciones como Team Leader,
con las especiales especifidades que dicho puesto lleva aparejadas, por lo que el citado complemento tendrá carácter de “no consolidable” y no generará derecho adquirido ni condición más
beneficiosa.
Artículo 15.- Complemento de Horas Adicionales
15.1 Complemento de Horas Adicionales- Trabajos de Puesta en Marcha
Las horas que un técnico de puesta en marcha incluido en el Grupo 4 Specialist Technician
Puesta en Marcha realice a partir de la 10ª hora, conforme a lo dispuesto en este convenio, serán
compensadas a razón de un total de 21 € brutos si se trata de una hora extraordinaria y a razón de
un total de 12 € brutos si se trata de una hora HOD.
Para tener derecho al abono de los importes indicados por horas trabajadas partir de la 10ª, el
técnico ha de contar con la previa autorización del superior jerárquico, quien determinará la necesidad o no de prestar servicios durante las mismas.
15.2 Complemento Horas Adicionales- Trabajos de Grandes Correctivos
Las horas que se realicen a partir de la 10ª hora, conforme a lo dispuesto en este convenio, serán compensadas a razón de un total de 21 € brutos si se trata de una hora extra y a razón de un
total de 12 € brutos, si se trata de una hora HOD.
Para tener derecho al abono de los importes indicados por horas trabajadas partir de la 10ª, el
técnico ha de contar con la previa autorización del superior jerárquico, quien determinará la necesidad o no de prestar servicios durante las mismas.

Al técnico de puesta en marcha incluido en el Grupo 4 Specialist Technician Puesta en Marcha,
se le abonará por cada día de fin de semana/festivo en que se haga necesaria la prestación del
servicio, un complemento de 30 € brutos al día.
Artículo 17.- Complemento Antigüedad
En el año 2020, se computarán quinquenios para calcular el complemento de antigüedad. El
número de quinquenios a abonar será de cinco como máximo, respetándose las situaciones de
aquellos trabajadores o trabajadoras que, a la entrada en vigor del presente convenio, tengan un
número superior.

BOCM-20210527-17

Artículo 16.- Complemento de Activación de Trabajos en Fin de Semana/Festivos- Trabajos de
Puesta en Marcha