Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo de la Sierra Norte (BOCM-20210526-47)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 124

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE MAYO DE 2021

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El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de las
personas miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las decisiones se adoptarán por mayoría y están facultados para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el proceso selectivo y
adoptar los acuerdos necesarios en todo lo no previsto en las presentes bases para garantizar el normal desarrollo de la convocatoria.
El procedimiento de actuación de los Tribunales se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, estando sus miembros, sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los 23 y 24
de la citada norma.

El procedimiento de selección se realizará mediante el sistema de concurso libre con
las valoraciones y puntuaciones que a continuación se especifican:
A. Titulación (máximo 0,5 puntos).
— Por estar en posesión del título de Máster o Doctorado universitario en materia urbanística: 0,5 puntos.
B. Formación (máximo 3 puntos).
B.1. Por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento en materia
de valoración de inmuebles, gestión del suelo urbano y tasaciones inmobiliarias, hasta un máximo de 1 punto, de conformidad con la siguiente valoración:
— Formación recibida: 0,010 puntos/hora.
— Formación impartida: 0,015 puntos/hora.
B.2. Por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento, hasta un
máximo de 2 puntos, en materia urbanística, así como aquellos cuyo contenido verse sobre materias directamente relacionadas con la categoría profesional de la plaza objeto de la convocatoria, con la siguiente valoración:
— Formación Recibida: 0,010 puntos/hora.
— Formación impartida: 0,015 puntos/hora.
Tanto en los apartados B.1 y B.2, se entiende por cursos los que tengan dicha denominación o las de congresos, jornadas, seminarios, simposios y similares destinados a la formación y perfeccionamiento.
Se valorará, una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias
coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte: Curso Básico y Curso Avanzado…), se sumará la carga lectiva total a efectos de su
valoración.
Cuando del documento aportado se deduzca que solo en parte guarda relación con
las funciones a desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda siempre, y exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de
la misma.
Los cursos en los que no se acredite duración se asignará la puntuación de 0,025
puntos. Si la duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón de 5 horas por cada crédito.
C) Experiencia Profesional (Máximo 6,5 puntos).
Arquitectos:
— Por haber desempeñado puestos de Arquitecto en cualquier Administración
Pública, por cada año completo trabajado: 0,50 puntos, con un máximo de 3,5
puntos. Los períodos de tiempo inferiores se prorratearán.
— Por Redacción de instrumentos de Planeamiento Urbanístico general o de
desarrollo, 0,25 puntos por cada uno; y por Redacción de Proyectos de Obras
o de Urbanización, para una Administración Local, 0,05 puntos por cada
proyecto.
— Como máximo, la redacción de planeamiento y de proyectos de obras, conjuntamente, se valorará hasta un máximo de 1,50 puntos.

BOCM-20210526-47

Quinta. Procedimiento de selección