Becerril de la Sierra (BOCM-20210524-46)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 122

Se puntuará a razón de 0,5 puntos por cada mes completo si dichas funciones han
sido desempeñadas en Entidades Locales de la Comunidad de Madrid, y 0,25 puntos por cada mes completo si lo han sido en otras comunidades autónomas, con un
máximo de 10 puntos. Se acreditará este extremo, mediante copia del certificado
o informe de servicios prestados de la Entidad.
II. Formación académica (máximo 10 puntos):
— Por disponer de otras licenciaturas o grados (titulación exigida para acceder a
puestos de funcionario A1) exigidas para el acceso a esta convocatoria, excluida,
por tanto, la exigida para la presentación de la instancia: 1 punto, hasta un máximo de 3 puntos. Se acreditará este extremo mediante la presentación de copia de
dichos títulos o copia del justificante de pago de las tasas para su expedición.
— Por la asistencia a cursos impartidos por el organismo de formación correspondiente de la Comunidad Autónoma, Instituto Nacional de la Administración Pública, u otro Centro Oficial de formación en materias relacionadas con la Administración Local, hasta un máximo de 4 puntos, de acuerdo con el siguiente
baremo:
d Por cursos entre 25 y 50 horas lectivas: 0,5 puntos.
d Entre 51 y 100 horas lectivas: 0,75 puntos.
d Superior a 100 horas lectivas: 1 punto.
d Se acreditará este extremo mediante la presentación de copia del certificado o
diploma que acredite la asistencia efectiva a dichos cursos.
— Por cada curso relacionado con el derecho administrativo local en el que el interesado hubiera participado como ponente: 0,5 puntos, hasta un máximo de 1,5 puntos.
Se acreditará este extremo a través de certificación o el programa de los cursos.
— Por haber impartido la docencia en la universidad en materias directamente relacionadas con la Administración Local, bien en asignaturas regladas o en cursos posgrado. Se puntuará a razón de 0,5 puntos por cada curso, hasta un máximo de 1,5 puntos. Se acreditará a través de la correspondiente copia del programa o certificación.
III. Haber superado ejercicios de oposiciones para acceso a funcionarios de habilitación nacional u otras oposiciones en puestos A1 (hasta 40 puntos):
— Para la subescala de Secretaría: 10 puntos por cada ejercicio o prueba superada de
la oposición.
— Para la subescala de Secretaría-Intervención: 8 puntos por cada ejercicio o prueba
superada de la oposición.
— Para otras oposiciones en puestos de funcionario A1 en el departamento de Secretaría o servicios jurídicos de Entidades Locales: 7 puntos por cada ejercicio o
prueba superada de la oposición.
— Para otras oposiciones en otros puestos de funcionario o personal laboral en el departamento de Secretaría o servicios jurídicos de Entidades Locales: 5 puntos por
cada ejercicio o prueba superada de la oposición.
En todos los casos anteriores se acreditará este extremo mediante la presentación de
copia del certificado que lo acredite.
B) Entrevista.
La entrevista se realizará únicamente a quienes hayan obtenidos las mayores puntuaciones en la fase de concurso, a fin de acreditar en la práctica los méritos alegados, la disponibilidad y el conocimiento en el manejo de aplicaciones informáticas, y en particular las
instaladas en este Ayuntamiento.
Tras la entrevista, el órgano de selección/valoración calificará de idóneo o de no idóneo para el puesto.
De calificarse un aspirante como “no idóneo” por no acreditar el conocimiento mínimo
adecuado al servicio a prestar, se procederá a entrevistar al siguiente en el orden de su puntuación, y así sucesivamente hasta que un candidato obtenga la calificación de “idóneo”.
Determinado/s candidato/s idóneo/s, se formulará propuesta de nombramiento como
funcionario interino.
5. Finalización: una vez valorados los méritos de todos los aspirantes y realizada la
entrevista, el órgano de selección, conforme a su propio criterio, propondrá a la AlcaldíaPresidencia el aspirante seleccionado, no pudiendo nombrar, en ningún caso, a más personas que el número de plazas convocadas.

BOCM-20210524-46

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