Torrelodones (BOCM-20210521-76)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 120

VIERNES 21 DE MAYO DE 2021

Pág. 203

Además de los requisitos recogidos en este apartado, los solicitantes deberán cumplir
los requisitos específicos recogidos a continuación según la modalidad de ayuda que vayan
a solicitar.
5.2. Requisitos para los solicitantes de ayudas de la modalidad 1 (ayudas para gastos
de vivienda habitual en régimen de propiedad):
Para solicitar ayudas de la modalidad 1, además de los requisitos generales recogidos
en el apartado 5.1, los solicitantes deberán cumplir los siguientes:
5.2.1. El solicitante siempre debe ser una persona física, que necesariamente será
propietario o copropietario de la vivienda.
5.2.2. La vivienda deberá estar a nombre de personas físicas.
5.2.3. El Valor Catastral de la vivienda del año 2021 no podrá ser superior a 300.000
euros.
5.2.4. Los ingresos del solicitante y su unidad familiar no pueden superar el importe máximo recogido en la siguiente tabla:
Nº MIEMBROS DE LA
UNIDAD FAMILIAR
1
2
3
4
5

INGRESOS MÁXIMOS
Referencia para el cálculo
3 IPREM
4 IPREM
5 IPREM
6 IPREM
7 IPREM

Importe
23.725,80 €
31.634,40 €
39.543,00 €
47.451,60 €
55.360,20 €

Nº MIEMBROS DE LA UNIDAD
FAMILIAR
1
2
3
4
5

INGRESOS MÁXIMOS
Referencia para el cálculo
3,5 IPREM
4,5 IPREM
5,5 IPREM
6,5 IPREM
7,5 IPREM

Importe
27.680,10 €
35.588,70 €
43.497,30 €
51.405,9 €
59.314,50 €

Los ingresos máximos se incrementarán en un IPREM por cada miembro adicional.
El cálculo del umbral de renta toma como referencia el valor fijado para el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) anual 14 pagas, establecido en 7.908,60 euros
(establecido en la disposición adicional centésima décima novena de la Ley 6/2018, de 3 de
julio, de Presupuestos Generales del Estado).

BOCM-20210521-76

Los ingresos máximos se incrementarán en un IPREM por cada miembro adicional.
El cálculo del umbral de renta toma como referencia el valor fijado para el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) anual 14 pagas, establecido en 7.908,60 euros
(establecido en la disposición adicional centésima décima novena de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado).
La renta per cápita de la unidad familiar de convivencia se calculará según se establece en el artículo 7 y teniendo en cuenta los criterios establecidos en el artículo 6 para la composición de la unidad familiar.
5.3. Requisitos para los solicitantes de ayudas de la modalidad 2 (ayudas para gastos
de vivienda habitual en régimen de alquiler):
Para solicitar ayudas de la modalidad 2, además de los requisitos generales recogidos
en el apartado 5.1, los solicitantes deberán cumplir los siguientes:
5.3.1. El solicitante siempre debe ser una persona física, que necesariamente será
arrendatario de la vivienda. No obstante, la vivienda podrá ser propiedad de una persona física o jurídica.
5.3.2. El importe mensual del alquiler no podrá superar los 1.100 euros mensuales.
5.3.3. Los solicitantes deberán acreditar el pago del importe del alquiler de los dos
últimos meses.
5.3.4. No ostentar la propiedad de una vivienda en el municipio de Torrelodones. A
los efectos de esta convocatoria para resultar excluido/a, la propiedad de esta vivienda debe
ostentarse en su totalidad por el solicitante o su unidad familiar.
5.3.5. Los ingresos del solicitante y su unidad familiar no pueden superar el importe máximo recogido en la siguiente tabla: