Torrelodones (BOCM-20210521-75)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 120

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MAYO DE 2021

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— Modalidad 2. Becas para la asistencia a cualquiera de las Escuelas Infantiles del
municipio (públicas, privadas o concertadas), durante el curso 2021/2022.
El importe de estas ayudas será destinado exclusivamente a financiar las cuotas a abonar por la asistencia del menor a la escuela infantil (comedor y horario ampliado).
• Tipo 1 especial: becas por importe de 800 euros, que se concederán a las 20 solicitudes con menor renta per cápita.
• Tipo 2 general: becas por importe de 600 euros, que se concederán a las 20 solicitudes con menor renta per cápita tras las adjudicatarias de las becas tipo 1 de
esta modalidad.
— Modalidad 3. Ayudas para gastos extraordinarios de conciliación durante el año 2021.
Ayudas para colaborar con los gastos generados por la necesidad de conciliación
derivada de las siguientes circunstancias:
• En periodo lectivo, para la atención a menores confinados / aislados durante la
actividad laboral o de formación para el empleo de los padres/madres o tutores.
Deberá acreditarse mediante el correspondiente informe emitido por el centro
educativo.
• En periodo u horario no lectivo, para la atención a menores durante la actividad
de formación para el empleo de los padres/madres o tutores. Deberá acreditarse mediante certificación de la empresa o entidad formadora.
El importe será de hasta 500 euros, con los límites y requisitos establecidos en las
presentes bases. La ayuda podrá destinarse a la contratación trabajadores autónomos o por cuenta ajena, o a través de una empresa legalmente constituida.
Será subvencionables los gastos en los que incurran o hayan incurrido las unidades familiares por la contratación de un cuidador/a (salario y costes de seguridad
social o importe facturado por el servicio, IVA incluido, en caso de realizar la contratación de un trabajador/a autónomo o a través de una empresa de servicios) para
la atención a los menores de la unidad familiar. Serán subvencionables los gastos
producidos durante el año 2021.
— Modalidad 4. Becas para la participación en actividades, talleres y servicios de titularidad municipal, durante el curso 2021/2022 (en el caso de la escuela de verano, se incluye en la convocatoria la edición de 2021).
El importe de estas ayudas será de 120 euros por menor beneficiario, destinados
exclusivamente a financiar la participación de los menores en alguna de las actividades municipales recogidas en el Anexo VII. Será compatible la solicitud de
actividades extraescolares y la de participación en escuelas de verano de titularidad municipal.

Para la concesión de las becas reguladas en esta convocatoria el Ayuntamiento de Torrelodones crea un fondo de becas dotado por importe de 389.000 euros de la partida 2310 48000.
Esta cuantía total se distribuye del siguiente modo:
— Modalidad 1. Becas para la asistencia al comedor escolar para alumnado de segundo ciclo de educación infantil y de educación primaria, para las que se asignan 267.000 euros (destinados a la concesión de 230 becas de 850 euros y 110 becas de 650 euros).
— Modalidad 2. Becas para la asistencia a la Escuela Infantil, para las que se asignan 28.000 euros (destinados a la concesión de 20 becas de 800 euros y 20 becas
de 600 euros).
— Modalidad 3. Ayudas para gastos de conciliación, para las que se asignan 70.000
euros.
— Modalidad 4. Becas para la participación en actividades, talleres y servicios de titularidad municipal para las que se asignan 24.000 euros (destinados a la concesión de 200 becas de 120 euros).
Las cuatro modalidades de becas se concederán por concurrencia competitiva, es decir, se adjudicarán según el criterio de valoración establecido: el nivel de renta per cápita
de la unidad familiar. Para ello, una vez calculada la renta per cápita de los solicitantes, todas las solicitudes de cada modalidad se ordenarán de menor a mayor renta, adjudicándose
las ayudas en orden según esta relación hasta agotar la dotación.

BOCM-20210521-75

3. Financiación, criterios de concesión y distribución de las ayudas