Torrelodones (BOCM-20210521-75)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 120

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75

TORRELODONES
RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno
Local en sesión celebrada el 4 de mayo de 2021 se han aprobado las bases reguladoras para
la concesión de ayudas familiares.
Estas bases reguladoras estarán a disposición de los interesados en la página web del
Ayuntamiento y en la sede electrónica https://sede.torrelodones.es
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS FAMILIARES
1. Objeto y finalidad de las ayudas
Esta convocatoria tiene como objeto regular la concesión de ayudas a familias del municipio, con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades compensando las desigualdades económicas, considerando además especialmente la situación de las familias más vulnerables en el actual contexto de pandemia. Por ello se establecen cuatro líneas de ayudas:
— Línea 1: comedor escolar para el alumnado de 2.o ciclo de Educación Infantil y
Educación Primaria.
— Línea 2: Escuela Infantil.
— Línea 3: Conciliación.
— Línea 4: Actividades municipales.
La concesión de estas ayudas será comunicada de oficio a la Agencia Tributaria. Como
norma general, todas las subvenciones y ayudas públicas están sujetas a tributación en el
impuesto sobre la renta. Según su tipología, el tratamiento de las subvenciones o ayudas
puede ser diferente en el IRPF, por lo que se recomienda consultar su fiscalidad en caso de
tener dudas, ante la posibilidad de que su concesión suponga un incremento de ingresos
para el solicitante.

En esta convocatoria se establecen las ayudas cuyos importes y características generales se recogen en el presente artículo. Los requisitos para optar a cada una de ellas se regulan en el artículo 6 de las presentes bases. Se contemplan 4 modalidades de becas:
— Modalidad 1. Becas para la asistencia al comedor escolar en centros educativos
públicos o concertados para alumnado de segundo ciclo de educación infantil y de
educación primaria durante el curso 2021/2022.
• Tipo 1 especial: becas por importe de 850 euros, que se concederán a las 230
solicitudes con menor renta per cápita.
• Tipo 2 general: becas por importe de 650 euros, que se concederán a las 110 solicitudes con menor renta per cápita tras las adjudicatarias de las becas tipo 1
de esta modalidad.
El importe de la ayuda se destinará exclusivamente al pago de las cuotas del
servicio de comedor. En caso de que los beneficiarios disfruten la reducción del
precio del comedor por estar incluidos en algunos de los supuestos establecidos legalmente por la Comunidad de Madrid (beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción, familias víctimas del terrorismo, alumnos en acogimiento familiar, familias con renta per cápita inferior a 4.000 euros), el importe de las
becas podrá verse reducido hasta el importe anual que la unidad familiar deba
abonar por el servicio de comedor. En el caso de que esta circunstancia se conozca con posterioridad a la concesión de la ayuda, el importe se modificará de
oficio con la información facilitada por el centro escolar.

BOCM-20210521-75

2. Modalidades y cuantía de las ayudas