San Sebastián de los Reyes (BOCM-20210521-69)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 21 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 120

Quinta. Comisión de Valoración
5.1. Composición. La Comisión de Valoración estará constituida de la siguiente forma:
— Presidencia: un funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de San Sebastián de los
Reyes propuesto por la Concejalía de RR. HH.
— Vocales: tres funcionarios/as municipales propuestos por la Concejalía de RR. HH.
— Secretaría: Un funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de San Sebastián de los
Reyes propuesto por la Concejalía de RR. HH.
Las personas vocales miembros de la Comisión de Valoración deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4.o, apdo. e), del RD 896/91, de 7 de junio.
5.2. Recusación y abstención. Las personas aspirantes podrán recusar a las personas
miembros de la Comisión de Valoración y estos abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
5.3. Actuación y constitución de la Comisión de Valoración: la Comisión de Valoración no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de tres de sus miembros titulares o suplentes.
La Comisión de Valoración resolverá por mayoría de votos de las personas miembros
presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por las personas interesadas en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La Comisión de Valoración podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas durante el proceso selectivo.
5.4. Anuncios. Todos los anuncios referentes al presente proceso selectivo se publicarán en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, en la web y en la intranet municipal.

6.1. Baremo. En esta fase el Tribunal valorará los méritos alegados de acuerdo con
el siguiente baremo:
A) Desempeño profesional (máximo 8 puntos). Se valorará el desempeño de puestos
en la Administración Pública, conforme al siguiente baremo:
— Por el desempeño de puestos del mismo subgrupo, en el mismo ámbito funcional, del puesto a cubrir: 0,40 en el Ayuntamiento de San Sebastián de los
Reyes y 0,20 en otras Administraciones.
— Por el desempeño de puestos otras categorías, en el mismo ámbito funcional,
del puesto a cubrir: 0,20 en el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes y
0,10 en otras Administraciones.
B) Antigüedad (máximo 3 puntos). Se valorará conforme al siguiente baremo:
— De 0 a 5 años: 0,25 puntos.
— De 6 a 10 años: 0,50 puntos.
— De 11 a 15 años: 0,75 puntos.
— De 16 a 20 años: 1 punto.
— De 21 a 25 años: 2 puntos.
— De 26 a 30 años: 2,50 puntos.
— Más de 30 años: 3 puntos.
C) Grado personal consolidado (máximo 2 puntos):
— Por tener un grado personal consolidado superior al del puesto a cubrir: 2 puntos.
— Por tener un grado personal consolidado igual al del puesto a cubrir: 1,50 puntos.
— Por tener un grado personal consolidado inferior en dos niveles al del puesto a
cubrir: 1,25 puntos.
— Por tener un grado personal consolidado inferior en tres niveles al del puesto
a cubrir: 1 punto.
D) Formación técnica (hasta un máximo de 5 puntos):
Serán objeto de valoración los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento y demás Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas,

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Sexta. Concurso de méritos