C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210519-31)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 21 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

— Número de expedientes tramitados por la tipología de la ayuda.
— Resumen de pagos.
— Cualquier otra información estadística directamente relacionada con las
solicitudes y expedientes tramitados que se considere necesaria por parte de la Administración.
h) La gestión, control y seguimiento de los pagos a las empresas adheridas al programa de bono ambiental: estos fondos serán gestionados por la entidad colaboradora a través de un convenio o contrato con una entidad bancaria, de manera que sean
depositados a nombre de cada persona beneficiaria en concepto de tarjeta prepago, de la que poder hacer uso exclusivamente en las empresas de carsharing y motosharing adheridas al convenio de la Comunidad de Madrid durante un período
máximo de 24 meses. La tarjeta ha de ser utilizable en las plataformas de las empresas de movilidad compartida adheridas al convenio a través de sus aplicaciones o plataformas de pago.
Mediante el uso de estas tarjetas, la entidad colaboradora obtendrá a través de la
entidad bancaria los datos del gasto que realizan las personas beneficiarias de los
fondos por el coste de los minutos o kilómetros consumidos en estas empresas.
Una vez superado el plazo de 24 meses, se retornará a las arcas de la Comunidad
de Madrid el posible saldo de las tarjetas que no haya sido consumido hasta entonces.
Las tareas de la entidad colaboradora serán las siguientes:
1.o Las gestiones necesarias con la entidad bancaria y con las personas beneficiarias del plan.
2.o las empresas adheridas, realizando todas las comprobaciones necesarias.
3.o La vigilancia de posibles incidencias.
4.o La emisión para la Dirección General, de extractos mensuales con el gasto
realizado y el saldo restante.
5.o La elaboración de informes mensuales de seguimiento para la Dirección General.
6.o El seguimiento del saldo consumido por las personas beneficiarias y el aseguramiento de que el gasto se realiza en las empresas adheridas al convenio.
i) La necesidad de capturar y tramitar los expedientes en una aplicación informática
que funcione como plataforma electrónica. Dicha plataforma identificará en cada
momento el estado de tramitación en que se encuentra cada expediente y facilitará la transmisión de la información garantizando la seguridad y confidencialidad
de los datos.
j) La colaboración en la distribución de los fondos públicos:
1.o La participación de la entidad colaboradora en la entrega y distribución de las
ayudas y subvenciones se formalizará en el correspondiente contrato administrativo o, en su caso, encargo a medios propios personificados, en el que
se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por aquella. La entrega de fondos a la entidad colaboradora se efectuará en un único pago anticipado, en la forma prevista en el citado contrato administrativo o, en su caso,
encargo a medios propios personificados.
2.o La entidad colaboradora procederá a la apertura de una cuenta bancaria destinataria de los fondos, que permita su seguimiento, así como la verificación
de las ayudas otorgadas, debiendo realizar, en su caso, una gestión diligente
de los fondos públicos percibidos.
3.o Los fondos públicos que reciba la entidad colaboradora para su distribución
no se integrarán en su patrimonio, ni podrán retenerse o minorarse para remunerar o compensar los gastos a los que pudiera dar lugar su colaboración.
4.o La obligación de la entidad colaboradora de justificar los fondos transferidos
se realizará, como máximo, dentro del mes siguiente a la finalización del
abono de todas las subvenciones concedidas, debiendo acompañar:
— Memoria justificativa de aplicación de los fondos recibidos, que incluirá
una relación individualizada de las personas beneficiarias a las que se
haya abonado la ayuda e importe de la misma.
— Cuenta justificativa de los gastos realizados, incluyendo todos los justificantes de los gastos de forma desglosada o, en su defecto, cualquier otro

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