D) Anuncios - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210519-37)
Convenio –  Convenio de 28 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Justicia, Interior y Víctimas) y el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 550.000 euros para la prestación de los servicios de orientación jurídica en el ejercicio 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

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Cuarta
Reintegros
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y el correspondiente interés de demora desde el momento del pago de la subvención y en la cuantía fijada en el artículo 32
de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de
Madrid, en los supuestos recogidos en el artículo 11 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Quinta
Financiación específica para el año 2021
1. La Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, a través de la Dirección General de
Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, como compensación y
para auxiliar las cargas económico-financieras por la gestión del SOJ que el ICAM presta
a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de este convenio conforme a la cláusula primera del mismo, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
de 2021, abonará a la misma, previa justificación, en el ejercicio económico correspondiente al año 2021, la cantidad máxima de quinientos cincuenta mil euros (550.000 euros), que
en concepto de subvención figura asignada a favor de dicho Colegio de Abogados en la
Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para el año 2019 (que se encuentran prorrogados para el año 2021 mediante el Decreto 122/2020, del 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno).
2. Dicho importe se imputará con cargo al Subconcepto 44505–Al Colegio de Abogados de Madrid: Servicios de Orientación Jurídica de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2021.
Sexta
Comisión de seguimiento
1. Creación y composición: se creará una Comisión de Seguimiento del presente
convenio compuesta por los siguientes miembros:
— Presidencia: le corresponderá al titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia o persona en la que este delegue.
— 2 vocales: una persona designada por parte de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia y otra persona por parte
del ICAM.
— Secretaría: estará ocupada por un/a funcionario/a de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia.
Funciones: las funciones de la Comisión de Seguimiento serán las siguientes:

— Supervisar el desarrollo y ejecución del presente convenio, formulando las propuestas que estime convenientes para la mejor consecución de los objetivos establecidos en el mismo.
— Coordinar e informar sobre las actuaciones objeto de este convenio, así como del
proceso de desarrollo del mismo, e informar las posibles modificaciones que se
propongan de forma previa a su inclusión en la correspondiente Addenda.
— Interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de la ejecución y desarrollo de este
convenio.
— Llevar a cabo un seguimiento y evaluación de las actividades contempladas en el
presente convenio.
3. Régimen de funcionamiento: el funcionamiento de esta Comisión se regirá por lo
regulado en el Capítulo II, Sección 3.a, Subsección 1.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, la Comisión de Seguimiento de este
convenio se reunirá, al menos, una vez al año y, en todo caso, cada vez que se solicite una
reunión por alguna de las dos partes intervinientes. En cada reunión de la Comisión de Seguimiento se levantará acta de los acuerdos adoptados.

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