B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210518-1)
Acuerdo mesa sectorial –  Acuerdo de 28 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 26 de abril de 2021, de la Mesa Sectorial de Negociación del Personal Funcionario de Administración y Servicios, por el que se regulan las condiciones de trabajo del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 18 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 117

Comisión de Salud Laboral (CSL), de la que dependen las siguientes:
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PREVENCION Y PROTECCION CONTRA AGENTES CANCERIGENOS (PPAC)
SEGUNDA ACTIVIDAD
PREVENCIÓN Y SALUD LABORAL (GTPSL):
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Grupo de trabajo EPI Y EQUIPOS
Grupo de trabajo VEHÍCULOS
Grupo de trabajo INFRAESTRUCTURAS
Grupo de trabajo EDUCACIÓN FÍSICA
COMISION DE ANÁLISIS Y ESTUDIO DE SINIESTROS (CAES)

Grupo de Trabajo de Prevención
Consejo de Formación (COFO)
Durante la vigencia del presente acuerdo se mantendrán y dinamizarán estas mesas para facilitar
la participación dando cuenta de los avances alcanzados en cada una de ellas.
CAPÍTULO 2
RELACIÓN DEL TRABAJO
Artículo 7.- Crecimiento y Plan de Empleo.
Con el objetivo de alcanzar un total de 1.836 efectivos, y sin perjuicio de las Ofertas de Empleo
Público previstas en la última modificación del Acuerdo (incluidas en la tabla como “Consolidada
Anterior”) por el que se regulan las condiciones de trabajo del Cuerpo de Bomberos para el período
2016-2020, la Administración se compromete a la creación de las siguientes nuevas plazas:

(*) Se sumarán a las previstas para Bombero Conductor Especialista en la OEP 2020.

Deberán reforzarse también con personal auxiliar y técnico necesario las diferentes Áreas,
Servicios y Unidades Técnicas del CBCM para poder gestionar adecuadamente el crecimiento
previsto. La efectividad de la ampliación propuesta queda condicionada a lo que pudiera establecer
la normativa de aplicación en materia de empleo público.
La convocatoria de plazas en las categorías de Jefe de Equipo y Jefe de Dotación se adecuará
para alcanzar el número de efectivos necesario para garantizar el doble mando en todos los
parques tipo A.
El número de plazas propuesto en cada OEP por categoría y año se incrementa en el número de
vacantes debidas a jubilación, excedencia, promoción interna, fallecimiento o incapacidad
existentes a 31 de diciembre del año anterior cuando la categoría haya alcanzado los objetivos de
personal que se hubieran podido fijar para la misma.

Se crearán / consolidarán los siguientes Grupos Especiales:
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Formación. Para poder llevar a cabo el ambicioso plan de empleo previsto con garantías
de continuidad, debe consolidarse el Grupo Especial de formación. Este grupo, que
tendrá restringidas las remuneraciones por coordinación de cursos, mejorará la

BOCM-20210518-1

Artículo 8.- Grupos Especiales.