B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210518-1)
Acuerdo mesa sectorial –  Acuerdo de 28 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 26 de abril de 2021, de la Mesa Sectorial de Negociación del Personal Funcionario de Administración y Servicios, por el que se regulan las condiciones de trabajo del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 18 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 117

(*) No podrán realizar jornada ampliada.
(**) No podrán realizar jornada ampliada o servicios especiales, salvo en su propia unidad. Estarán
supervisados para reorganizar horarios, si correspondiera, tendentes a acotarlas en cuantía.

El personal de no atención directa a siniestro de apoyo a estos Grupos Especiales, no percibirá el
complemento de productividad descrito.
Artículo 32.- Servicios realizados fuera de la jornada laboral (Servicios Especiales).
La siguiente tabla muestra el listado de importes que corresponderán para cada categoría:
Puesto / categoría

euros / hora SSEE

INSPECTOR

57,10

OFICIAL DE ÁREA

50,85

OFICIAL TÉCNICO

48,92

JEFE SUPERVISOR

45,39

JEFE DE EQUIPO

42,12

JEFE DE SALA

38,33

JEFE DE DOTACIÓN

38,33

BOMBERO CONDUCTOR ESPECIALISTA

34,92

BOMBERO ESPECIALISTA

34,63

BOMBERO CONDUCTOR C2

33,78

BOMBERO C2

33,49

OPERADOR

33,76

JEFE SERVICIO SANITARIO (A/B-26)

43,57

SECCIÓN ASISTENCIA MÉDICA (A-25)

35,39

SUBSECCIÓN ASISTENCIA MÉDICA (A-22)

31,35

TÉCNICO SUPERIOR DE SALUD PÚBLICA (A-22)

29,90

JEFE DE SERVICIO IIFF (A1/A2-26)

37,77

SECCIÓN INCENDIOS FORESTALES (A1/A2-25)

31,96

JEFE SUBSECCIÓN II.FF (A1/A2-23)

30,86

JEFE DE NEGOCIADO CAMPAÑA (A2-20)

29,90

TÉCNICOS FORESTALES (A2-18)

29,90

El importe se actualizará anualmente según lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del
Estado aprobada en el ejercicio anterior.
Únicamente tendrán la consideración de servicios especiales los que deriven de situaciones
efectivas de siniestros y emergencias, los que se requieran para la cobertura de las dotaciones
mínimas diarias establecidas, los que se correspondan con simulacros de intervención, los que se
generen por la activación desde cualquier alerta y aquellos que fueren organizados para dar
respuesta a una actividad previamente validada desde Jefatura.

CAPÍTULO 6
COMPROMISOS ORGANIZATIVOS
Artículo 33.- Compromisos organizativos.

Ͳ

Ͳ

Ͳ

El Director General de Emergencias informará a la CSA la actualización de la Resolución
de mínimos vigente antes del 1 de enero de 2022, plasmando en ella la situación
operativa (nunca inferior a la actual) y detallando los mínimos correspondientes a cada
centro de trabajo y el personal necesario para hacer frente a la época de peligro alto de
incendios forestales.
De forma prioritaria, se estudiarán y aplicarán las medidas que pudieran corresponder
para intentar garantizar la agilidad y periodicidad de los procesos selectivos
comprometidos. En las bases de convocatoria de las plazas recogidas en el cuadro
anterior figurarán fechas orientativas previstas para el desarrollo del proceso.
Seguiremos trabajando en la integración de los cuerpos de bomberos municipales, según
solicitud de dispensa y acuerdo mayoritario de las plantillas, así como en los convenios de
colaboración que pudieran corresponder, con vistas a tener atendidos a toda nuestra
ciudadanía desde el servicio más rápido en prestar el primer auxilio.

BOCM-20210518-1

Durante el desarrollo del presente la Administración promoverá los siguientes compromisos
organizativos: