B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210518-1)
Acuerdo mesa sectorial –  Acuerdo de 28 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 26 de abril de 2021, de la Mesa Sectorial de Negociación del Personal Funcionario de Administración y Servicios, por el que se regulan las condiciones de trabajo del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 117

MARTES 18 DE MAYO DE 2021

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Se implementará un sistema de evaluación del desempeño en el puesto de trabajo
tendente a analizar el grado de eficacia con el que se llevan a cabo las funciones y
responsabilidades del personal de acuerdo con los objetivos establecidos y poder
implementar así medidas que permitan su corrección y mejora.
Se permitirá la compensación de horario por adscripción de personal a distintos proyectos
de gestión que desde Jefatura se hubieran autorizado previamente. Estas
compensaciones serán informadas a la CSA para su conocimiento.
Se tratará en la CSL la puesta en marcha y el desarrollo de procedimientos de trabajo
seguro y la figura del Recurso Preventivo, incluyendo requisitos, formación y funciones
correspondientes, y se establecerán los mecanismos y plazos adecuados para realizar las
Evaluaciones de Riesgos pertinentes, incluyendo, entre otros, los centros de trabajo y las
intervenciones propias del CBCM.
Seguiremos trabajando en los proyectos que hubieran podido quedar pendientes del
Acuerdo 2016 – 2020 y no se hayan reformulado en el presente, entre ellos:
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Documento regulador de CECOP
Reglamento del Cuerpo de Bomberos
Documento regulador de la carrera profesional
Proyecto de apoyo psicológico a la actividad del bombero
Horario de actividades de parque
Procedimientos Operativos

Corresponde resaltar de entre las cuestiones pendientes la necesaria integración en el
Cuerpo de Bomberos del Servicio de Incendios Forestales y el Servicio Médico, cuyo
trámite legislativo se promoverá tan pronto sea posible.
Disposición transitoria primera. Durante el ejercicio 2021 se aplicarán las condiciones previstas
en el Acuerdo de 5 de abril de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y
formalmente el Acuerdo de 30 de marzo de 2016, de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de
Administración y Servicios, por el que se regulan las condiciones de trabajo del Cuerpo de
Bomberos para el período 2016-2020, salvo en las siguientes excepciones y consideraciones:
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Con carácter general en cuanto al número de guardias, la jornada de trabajo será de 61,
por lo que no se calendarizaran las 2 guardias pendientes. Se ajustará el horario del resto
de categorías tras la firma del presente Acuerdo y después de la primera CSA en la que
se revise.
Se abrirá un nuevo plazo para solicitar las vacaciones de 2021.
Se abrirá un nuevo plazo para la bolsa de Servicios Especiales de 2021.
Se aplicará el precio / hora de servicio especial actualizado en el artículo 32 desde la
entrada en vigor del presente.

Disposición transitoria Segunda. La creación del Grupo Especial de Incendios Forestales aquí
referido, la apertura de nuevos parques y el desarrollo de otros proyectos, se llevarán a cabo
cuando los procesos selectivos que pudieran verse afectados por el mismo, lo permitan.
Disposición final primera. Las cuestiones sobre condiciones de trabajo no incluidas en este Acuerdo, así
como las discrepancias que pudieran suscitarse en el ámbito de la CSA, serán elevadas a la Comisión de
Seguimiento del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del Personal Funcionario de
Administración y Servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Disposición final segunda. Durante el período de vigencia del Acuerdo, se mantendrán la
totalidad de las condiciones que este texto incluye, comprometiéndose las partes a no renegociar
de forma individualizada ninguno de los puntos aquí contemplados.

Disposición derogatoria segunda. Con fecha 31 de diciembre de 2021 Quedará derogado
expresamente el Acuerdo de 5 de abril de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba
expresa y formalmente el Acuerdo de 30 de marzo de 2016, de la Mesa Sectorial del Personal
Funcionario de Administración y Servicios, por el que se regulan las condiciones de trabajo del
Cuerpo de Bomberos para el período 2016-2020.
En prueba de su conformidad las partes firman el presente Acuerdo en Madrid, el 26 de abril de
2021, elevándolo al órgano competente para su aprobación.

BOCM-20210518-1

Disposición derogatoria primera. A la entrada en vigor del Acuerdo se dejan sin efecto todos
aquellos acuerdos adoptados con anterioridad al mismo en lo que pudieran contradecir al presente.