Villamantilla (BOCM-20210517-59)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE MAYO DE 2021

2. Las personas interesadas en la concesión de los aprovechamientos regulados en esta
ordenanza deberán solicitar previamente la correspondiente autorización conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Concesión y funcionamiento del proyecto de los huertos, sociales y solidarios, del Barranco del Olivar y Las Charcas del Ayuntamiento de Villamantilla.
3. Tal y como se establece en el Reglamento de Concesión y Funcionamiento del
proyecto de los huertos, sociales y solidarios, del Barranco del Olivar y Las Charcas del
Ayuntamiento de Villamantilla, la solicitud de la baja o renuncia a la utilización del huerto
social, surtirá efectos según lo establecido en el mismo. La no presentación de la solicitud
de baja o renuncia determinará la obligación de continuar abonando la tasa.
Art. 6. Administración y cobranza.—1. La obligación del pago de la tasa regulada
en esta ordenanza nace con la adjudicación en el momento y los términos establecidos en
el Reglamento de Concesión y Funcionamiento del proyecto de los huertos, sociales y solidarios, del Barranco del Olivar y Las Charcas del Ayuntamiento de Villamantilla.
2. El pago de la tasa se realizará según se las normas del Reglamento de Concesión
y Funcionamiento del proyecto de los huertos, sociales y solidarios, del Barranco del Olivar y Las Charcas del Ayuntamiento de Villamantilla. Esto es:
— La duración de los contratos para los huertos sociales será por períodos anuales.
Los contratos finalizan cada año, al final de diciembre.
— Durante el mes de diciembre de cada año, los titulares de huertos sociales deberán de
manifestar de forma expresa y por escrito su voluntad de prorrogar el contrato de alquiler, o/y de su inclusión en la lista de espera de no prorrogarse su contrato. Para
los adjudicatarios de los Grupos 1 y 2, podrán renovarse los contratos durante cuatro años máximo. Para los adjudicatarios del grupo 3 y aquellos que hayan superado los cuatro años de prórroga en los contratos, la renovación dependerá de la existencia de solicitantes del grupo 1 y 2 en la lista de espera.
— Si llegado el plazo de estos cuatro años de prorrogas, o al final de cada anualidad
para los adjudicatarios del grupo 3, no existieran solicitantes preferentes de huertos en la lista de espera, se les seguirá renovando por períodos anuales.
— En caso de renovación el pago del alquiler deberá realizarse antes de finalizar el
mes de febrero del año de vigencia del nuevo contrato.
— En los casos de que no se comunique la voluntad de renovar el contrato, o no se
realice el pago del alquiler dentro del plazo indicado se perderá el derecho de prórroga, debiendo volver a solicitar la inclusión en la lista de espera o reserva para
poder acceder de nuevo a la titularidad de un huerto.
— Durante el mes de enero de cada año, se verificará por el Ayuntamiento la situación de la lista a 31 de diciembre. Con esa misma fecha se determinará los titulares que hayan manifestado su deseo de prórroga del contrato. Y se determinará por
el Ayuntamiento el número de huertos sociales que saldrán en alquiler. Realizándose las adjudicaciones en virtud de lo establecido. En el mes de enero, si hubiera
huertos sociales vacantes (por no tener titular, o haberse cumplido el plazo máximo de prórroga de algún contrato), se recabará la voluntad de los integrantes de la
lista de espera de acceder a la titularidad de huerto. Será suficiente para recabar
esta voluntad, la comunicación por correo electrónico o WhatsApp al teléfono o
correo indicado en la solicitud, otorgando al solicitante un plazo de cinco días para
que ratifique su voluntad de acceder a la titularidad del alquiler del huerto. Y en
el plazo de diez días desde la ratificación, se deberá firmar el contrato de alquiler,
previo pago del precio del mismo.
— Si se incumpliera cualquiera de estos plazos, sin que el solicitante de la lista de espera haya realizado los trámites correspondientes, se le tendrá por decaído en su
solicitud, sin más tramites.
— Una vez verificados por el Ayuntamiento los solicitantes de lista de espera que acceden a nuevos contratos, se comunicará a los solicitantes de prórroga, su situación, por si pudieran acceder a un nuevo contrato a través de la lista de espera. En
este último caso, se podrá considerar la posibilidad de que el anterior titular del
huerto pueda acceder al mismo huerto que viniera siendo de su titularidad.
— El último paso de adjudicación posible de huertos sociales vacantes, se realizará
durante el mes de marzo, en caso de que alguno de los titulares no haya procedido al pago del alquiler del huerto adjudicado, durante el mes de febrero.
— Una vez terminado el proceso se sacará una lista indicativa del régimen de gestión
y adjudicación de los huertos sociales, de los huertos vacantes y los huertos solidarios, que se publicará en el tablón de Edictos.

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