B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210512-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 27 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024) (código número 28004531011988)
153 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 112

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021

Pág. 189

procedan en relación con la naturaleza de la adscripción a dichas plazas de los aspirantes que
superen los referidos procesos.
3.
El sistema selectivo será con carácter general el de concurso-oposición. Por razones
de eficacia, diligencia y agilidad, cuando corresponda a una misma categoría profesional, se podrá
acordar el nombramiento de un mismo tribunal calificador para las convocatorias correspondientes
a procesos de estabilización y las relativas a la tasa de reposición ordinaria.
4.
Serán de aplicación los criterios generales que regulen estos procesos, ya aprobados
por la comisión paritaria en fecha 11 de febrero de 2021 u otros que los sustituyan, y que
constituyen las bases generales de todas las convocatorias celebradas al amparo de dicho
proceso extraordinario de estabilización.

Disposición adicional octava. Convocatorias específicas de promoción interna.
1.
Como consecuencia de la configuración del sistema de clasificación y al objeto de
llevar a cabo su plena y efectiva implantación, durante la vigencia del presente convenio se
efectuarán convocatorias específicas de promoción interna vertical, de acuerdo con los siguientes
criterios:
CATEGORÍA DESDE LA QUE SE PUEDE
CATEGORÍA VIGENTE A LA QUE SE PUEDE
PROMOCIONAR
PROMOCIONAR
Técnico auxiliar, área F (a extinguir)
Técnico especialista en artes gráficas, área B
Ayudante de cocina, área B (a extinguir)
Técnico de cocina, área B
Ayudante de control y mantenimiento, área B (a Técnico de mantenimiento, área B
extinguir)
Ayudante de conservación, área B (a extinguir)
Técnico de mantenimiento, área B
Ayudante agropecuario, área B (a extinguir)
Técnico agropecuario, área B
Técnico auxiliar, área C (dependiente de ARRMI)
Técnico especialista en centros de ejecución de
medidas judiciales, área C

2.
Estas convocatorias se celebrarán por una sola vez para cada categoría profesional y
se configuran como procesos excepcionales para la regularización de las modificaciones del
sistema de clasificación profesional que comportan, en su caso, un cambio en el grupo profesional.
En dichas convocatorias sólo podrá participar el personal laboral fijo perteneciente a la
categoría correspondiente, según el cuadro establecido en el apartado anterior, siempre y cuando
cumpla todos los requisitos exigidos con carácter general para el ingreso en la categoría
convocada, incluido el de la titulación o, en su caso, de experiencia sustitutoria según lo previsto
en los artículos 25 y 27.
3.
El personal laboral que supere estos procesos de promoción permanecerá en el
mismo puesto de trabajo que viniera desempeñando con anterioridad, previa modificación de sus
características a través de la relación de puestos de trabajo y la plantilla presupuestaria para
adecuarlas a la nueva categoría a la que acceda.
4.
Asimismo, y con la finalidad de incrementar los niveles de cualificación y
especialización requeridos en los ámbitos correspondientes, durante la vigencia de este convenio
se efectuarán convocatorias específicas de promoción interna vertical entre las siguientes
categorías profesionales:

En dichas convocatorias sólo podrá participar el personal laboral fijo perteneciente a la
categoría correspondiente, según el cuadro anterior, siempre y cuando cumpla todos los requisitos
exigidos con carácter general para el ingreso en la categoría convocada, incluido el de la titulación
académica o habilitación equivalente conferida de conformidad con la legislación educativa
vigente.

BOCM-20210512-2

CATEGORÍA DESDE LA QUE SE PUEDE
CATEGORÍA VIGENTE A LA QUE SE PUEDE
PROMOCIONAR
PROMOCIONAR
Educador (personas con discapacidad intelectual), Titulado Medio Educador
Área C
Educador (otras instituciones), Área C
Titulado Medio, Área C
Técnico Especialista I, Área A (perito judicial)
Titulado Medio, Área A (perito judicial)