Leganés (BOCM-20210511-48)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 111

Las personas físicas también podrán presenta su solicitud en el registro municipal Casa
del Reloj. Avenida de Gibraltar, número 2, Leganés.
Su presentación comporta la aceptación incondicionada de las presentes bases. El formulario general de la solicitud y el resto de la documentación estará disponible en los puntos municipales de información en los registros municipales y en la página web del Ayuntamiento de Leganés (http:www.leganes.org).
3. Las solicitudes de subvención se cumplimentarán en el modelo de solicitud que se
determine en cada convocatoria de subvenciones y deberán ir firmadas por el solicitante o
quien ostente su representación legal, en la que, además de consignar los datos identificativos y de contacto, deberá bajo su responsabilidad suscribir las siguientes declaraciones, incluidas en el modelo de solicitud de la convocatoria.
a) Declaración de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social, según establecen los artículos 22.1 y 24 RGS.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la ley 11/2007, de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, el solicitante de la ayuda podrá autorizar al órgano instructor para que este obtenga de forma
directa los certificados a emitir por la Hacienda estatal y con Seguridad Social. En
caso de que el solicitante no quiera acogerse a este acto, lo hará constar expresamente en la solicitud de subvención.
En el supuesto en el que no se otorgue tal consentimiento, así como cuando este
sea revocado expresamente en cualquier momento del procedimiento, corresponderá al solicitante aportar los citados certificados.
b) Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las causas que impiden obtener
la condición de beneficiario de subvenciones públicas, y de estar al corriente de
pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, según lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del RGS y 13 de la LGS.
c) Declaración de no haber recibido, ni tener concedida otros tipos de ayudas con el
mismo objeto que superen el coste real de lo subvencionado. En el caso de haber
solicitado otras subvenciones, siempre que no supere el coste real del proyecto, en
la declaración responsable se hará expresa mención de la cuantía, así como del órgano o entidad ante la que se han presentado, sin perjuicio de su acreditación con
anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención.
d) Declaración de no tener pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones
otorgadas por el Ayuntamiento de Leganés o sus organismos públicos. Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que haya sido beneficiario de subvenciones de convocatorias anteriores.
e) Presupuesto desglosado de gastos, indicando que los impuestos están excluidos,
y/o facturas proforma debidamente relacionadas y numeradas.
f) Declaración responsable de cumplir los requisitos para ser beneficiario.
11. Compatibilidad de las ayudas
1. Las ayudas establecidas en las presentes bases serán compatibles con otras, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda, siempre que la
suma de todas ellas no supere el coste de la actividad subvencionada.
2. El peticionario deberá declarar las ayudas que haya solicitado u obtenido para la
misma finalidad, tanto al iniciarse el expediente administrativo como en cualquier momento del procedimiento en que se produzca tal circunstancia.

1. El pago de la subvención estará supeditado a la presentación de la siguiente documentación hasta el 30 de septiembre del año de la convocatoria, salvo que la notificación
de la concesión tenga lugar después de dicha fecha, en cuyo caso, la justificación se presentará en el plazo de diez días hábiles contados desde la notificación de la concesión:
Facturas justificativas de adquisición de los artículos subvencionables que contendrán los requisitos que se citan a continuación, en los términos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se
regulan las obligaciones de facturación:
— Número y, en su caso, serie.
— Fecha de expedición.

BOCM-20210511-48

12. Pago y justificación