Leganés (BOCM-20210511-47)
Régimen económico. Bases subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 111
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
Pág. 149
d) Declaración de no tener pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones
otorgadas por el Ayuntamiento de Leganés o sus organismos públicos. Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que haya sido beneficiario de subvenciones de convocatorias anteriores.
e) Presupuesto desglosado de gastos, indicando que los impuestos están excluidos,
y/o facturas proforma debidamente relacionadas y numeradas.
f) Declaración responsable de cumplir los requisitos para ser beneficiario.
11. Compatibilidad de las ayudas
1. Las ayudas establecidas en las presentes bases serán compatibles con otras, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda, siempre que la
suma de todas ellas no supere el coste de la actividad subvencionada.
2. El peticionario deberá declarar las ayudas que haya solicitado u obtenido para la
misma finalidad, tanto al iniciarse el expediente administrativo como en cualquier momento del procedimiento en que se produzca tal circunstancia.
1 El pago de la subvención estará supeditado a la presentación de la siguiente documentación hasta el 30 de septiembre del año de la convocatoria, salvo que la notificación
de la concesión tenga lugar después de dicha fecha, en cuyo caso, la justificación se presentará en el plazo de diez días hábiles contados desde la notificación de la concesión:
Facturas justificativas de adquisición de los artículos subvencionables que contendrán
los requisitos que se citan a continuación, en los términos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación:
— Número y, en su caso, serie.
— Fecha de expedición.
— Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a
expedir factura como del destinatario de las operaciones.
— Número de identificación fiscal con el que ha realizado la operación el obligado a
expedir factura y del destinatario de la misma.
— Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.
— Descripción de las operaciones e importe, incluyendo el precio unitario sin impuesto de dichas operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté
incluido en dicho precio unitario.
— El/los tipo/s impositivo/s, en su caso, aplicado/s a las operaciones.
— La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado.
— La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la
que, en su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de una
fecha distinta a la de expedición de la factura.
— No se admitirán facturas emitidas por empresas, entidades, sociedades o similares,
en las que exista participación del beneficiario.
2. Justificantes que acrediten el pago efectivo de la/s factura/s presentada/s, entendiéndose como tales las transferencias bancarias o cheques nominativos, acompañados del correspondiente extracto bancario donde se refleje la salida material de fondos y en los que deberá
constar en todo caso el proveedor o proveedores a los que van dirigidos dichos pagos.
No se admitirán pagos en metálico, ni pagos fraccionados o mediante contratos de financiación o similares.
3. En su caso, relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
4. Modelo 950 de Designación de Datos Bancarios del Ayuntamiento de Leganés.
5. En el supuesto de que el beneficiario no justificase el importe total de la actividad
conforme al presupuesto que sirvió de base para la determinación de la subvención, esta se
reducirá proporcionalmente en función de los gastos justificados. A estos efectos se tendrá
en cuenta el importe global del presupuesto aceptado del proyecto en su conjunto.
BOCM-20210511-47
12. Pago y justificación
B.O.C.M. Núm. 111
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
Pág. 149
d) Declaración de no tener pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones
otorgadas por el Ayuntamiento de Leganés o sus organismos públicos. Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que haya sido beneficiario de subvenciones de convocatorias anteriores.
e) Presupuesto desglosado de gastos, indicando que los impuestos están excluidos,
y/o facturas proforma debidamente relacionadas y numeradas.
f) Declaración responsable de cumplir los requisitos para ser beneficiario.
11. Compatibilidad de las ayudas
1. Las ayudas establecidas en las presentes bases serán compatibles con otras, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda, siempre que la
suma de todas ellas no supere el coste de la actividad subvencionada.
2. El peticionario deberá declarar las ayudas que haya solicitado u obtenido para la
misma finalidad, tanto al iniciarse el expediente administrativo como en cualquier momento del procedimiento en que se produzca tal circunstancia.
1 El pago de la subvención estará supeditado a la presentación de la siguiente documentación hasta el 30 de septiembre del año de la convocatoria, salvo que la notificación
de la concesión tenga lugar después de dicha fecha, en cuyo caso, la justificación se presentará en el plazo de diez días hábiles contados desde la notificación de la concesión:
Facturas justificativas de adquisición de los artículos subvencionables que contendrán
los requisitos que se citan a continuación, en los términos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación:
— Número y, en su caso, serie.
— Fecha de expedición.
— Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a
expedir factura como del destinatario de las operaciones.
— Número de identificación fiscal con el que ha realizado la operación el obligado a
expedir factura y del destinatario de la misma.
— Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.
— Descripción de las operaciones e importe, incluyendo el precio unitario sin impuesto de dichas operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté
incluido en dicho precio unitario.
— El/los tipo/s impositivo/s, en su caso, aplicado/s a las operaciones.
— La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado.
— La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la
que, en su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de una
fecha distinta a la de expedición de la factura.
— No se admitirán facturas emitidas por empresas, entidades, sociedades o similares,
en las que exista participación del beneficiario.
2. Justificantes que acrediten el pago efectivo de la/s factura/s presentada/s, entendiéndose como tales las transferencias bancarias o cheques nominativos, acompañados del correspondiente extracto bancario donde se refleje la salida material de fondos y en los que deberá
constar en todo caso el proveedor o proveedores a los que van dirigidos dichos pagos.
No se admitirán pagos en metálico, ni pagos fraccionados o mediante contratos de financiación o similares.
3. En su caso, relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
4. Modelo 950 de Designación de Datos Bancarios del Ayuntamiento de Leganés.
5. En el supuesto de que el beneficiario no justificase el importe total de la actividad
conforme al presupuesto que sirvió de base para la determinación de la subvención, esta se
reducirá proporcionalmente en función de los gastos justificados. A estos efectos se tendrá
en cuenta el importe global del presupuesto aceptado del proyecto en su conjunto.
BOCM-20210511-47
12. Pago y justificación