Buitrago del Lozoya (BOCM-20210511-40)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 111
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
Pág. 101
Tercera. Proceso selectivo
Una vez iniciado el proceso selectivo, todos los anuncios a él relativos se expondrán
en el tablón de edictos, página web y sede electrónica municipales.
El día y hora y lugar de las pruebas se anunciará con al menos tres días naturales de
antelación.
El orden de actuación ante el Tribunal, cuando a ello haya lugar, será alfabético, comenzando por la letra “B”, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, de 21 de julio de 2020 (“Boletín Oficial del Estado”,
número 201, del 24 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado.
La fase de oposición consistirá en la realización de una prueba escrita, de carácter teórico que consistirá en contestar un cuestionario tipo test de cincuenta preguntas basadas en
los contenidos del temario que figura como Anexo II. Para cada pregunta se propondrán
cuatro respuestas, siendo sólo una de ellas correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de examen con un círculo, con bolígrafo, la letra correspondiente a la respuesta que se considere correcta. Si se deseara rectificar la respuesta,
se anulará la respuesta inicial, marcando una X sobre el círculo señalado con anterioridad.
El cuestionario incluirá cinco respuestas adicionales de reserva a fin de sustituir y convalidar sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el cuestionario, aquellas
preguntas que pudieran ser objeto de anulación.
Cada pregunta acertada puntuará 0,2 puntos y cada pregunta errónea o sin contestar
puntuará 0 puntos.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. Este
ejercicio se valorará de cero a diez puntos.
Las calificaciones de cada una de las pruebas se publicarán por el Tribunal una vez realizada su corrección, disponiendo los interesados de un plazo de tres días hábiles para efectuar ante el Tribunal las reclamaciones que estimen oportunas.
En caso de empate, el orden de los aspirantes se establecerá mediante sorteo.
5. Finalización: una vez valorado el examen de todos los aspirantes, el Tribunal, conforme a su propio criterio, propondrá a la Alcaldía el aspirante seleccionado, no pudiendo
nombrar, en ningún caso, a más personas que el número de plazas convocadas.
El aspirante propuesto para su nombramiento aportará ante la Corporación, dentro del
plazo de cinco días hábiles desde que se realice dicha propuesta por el tribunal, los docu-
BOCM-20210511-40
1. Inicio: una vez aprobada por resolución de Alcaldía la convocatoria, se publicará
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de anuncios municipal, así como en la página web del Ayuntamiento.
Los aspirantes presentarán instancia dirigida (Anexo I) a la Alcaldía en el plazo de 10 días
hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las solicitudes se presentarán mediante cualquiera de los sistemas establecidos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
El incumplimiento de las condiciones de plazo y/o formalidades descritas en el presente punto, ocasionará, como consecuencia, la exclusión del proceso selectivo.
El plazo de presentación de solicitudes lo es también para que los funcionarios con habilitación de carácter nacional interesados en dicho puesto manifiesten por escrito al Sr.
Presidente de la Corporación su interés en el desempeño del mismo. Por lo que, si hubiera
un funcionario habilitado con carácter nacional interesado, el procedimiento se suspenderá
hasta el efectivo nombramiento de este, momento en que se dejará sin efecto. No obstante,
si finalmente no recayere nombramiento en el funcionario habilitado con carácter nacional
interesado, continuará el procedimiento de selección de nombramiento interino.
2. Tasas: No se exigirá tasa alguna.
3. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en
el plazo máximo de cinco días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
se señalará un plazo de cinco días hábiles para su subsanación. Igualmente, en la misma
resolución se hará constar la designación nominal del tribunal.
4. El proceso de selección se llevará a cabo a través de oposición consistente en:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 111
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
Pág. 101
Tercera. Proceso selectivo
Una vez iniciado el proceso selectivo, todos los anuncios a él relativos se expondrán
en el tablón de edictos, página web y sede electrónica municipales.
El día y hora y lugar de las pruebas se anunciará con al menos tres días naturales de
antelación.
El orden de actuación ante el Tribunal, cuando a ello haya lugar, será alfabético, comenzando por la letra “B”, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, de 21 de julio de 2020 (“Boletín Oficial del Estado”,
número 201, del 24 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado.
La fase de oposición consistirá en la realización de una prueba escrita, de carácter teórico que consistirá en contestar un cuestionario tipo test de cincuenta preguntas basadas en
los contenidos del temario que figura como Anexo II. Para cada pregunta se propondrán
cuatro respuestas, siendo sólo una de ellas correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de examen con un círculo, con bolígrafo, la letra correspondiente a la respuesta que se considere correcta. Si se deseara rectificar la respuesta,
se anulará la respuesta inicial, marcando una X sobre el círculo señalado con anterioridad.
El cuestionario incluirá cinco respuestas adicionales de reserva a fin de sustituir y convalidar sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el cuestionario, aquellas
preguntas que pudieran ser objeto de anulación.
Cada pregunta acertada puntuará 0,2 puntos y cada pregunta errónea o sin contestar
puntuará 0 puntos.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. Este
ejercicio se valorará de cero a diez puntos.
Las calificaciones de cada una de las pruebas se publicarán por el Tribunal una vez realizada su corrección, disponiendo los interesados de un plazo de tres días hábiles para efectuar ante el Tribunal las reclamaciones que estimen oportunas.
En caso de empate, el orden de los aspirantes se establecerá mediante sorteo.
5. Finalización: una vez valorado el examen de todos los aspirantes, el Tribunal, conforme a su propio criterio, propondrá a la Alcaldía el aspirante seleccionado, no pudiendo
nombrar, en ningún caso, a más personas que el número de plazas convocadas.
El aspirante propuesto para su nombramiento aportará ante la Corporación, dentro del
plazo de cinco días hábiles desde que se realice dicha propuesta por el tribunal, los docu-
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1. Inicio: una vez aprobada por resolución de Alcaldía la convocatoria, se publicará
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de anuncios municipal, así como en la página web del Ayuntamiento.
Los aspirantes presentarán instancia dirigida (Anexo I) a la Alcaldía en el plazo de 10 días
hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las solicitudes se presentarán mediante cualquiera de los sistemas establecidos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
El incumplimiento de las condiciones de plazo y/o formalidades descritas en el presente punto, ocasionará, como consecuencia, la exclusión del proceso selectivo.
El plazo de presentación de solicitudes lo es también para que los funcionarios con habilitación de carácter nacional interesados en dicho puesto manifiesten por escrito al Sr.
Presidente de la Corporación su interés en el desempeño del mismo. Por lo que, si hubiera
un funcionario habilitado con carácter nacional interesado, el procedimiento se suspenderá
hasta el efectivo nombramiento de este, momento en que se dejará sin efecto. No obstante,
si finalmente no recayere nombramiento en el funcionario habilitado con carácter nacional
interesado, continuará el procedimiento de selección de nombramiento interino.
2. Tasas: No se exigirá tasa alguna.
3. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en
el plazo máximo de cinco días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
se señalará un plazo de cinco días hábiles para su subsanación. Igualmente, en la misma
resolución se hará constar la designación nominal del tribunal.
4. El proceso de selección se llevará a cabo a través de oposición consistente en: