C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210511-10)
Criterios procesos estabilización empleo – Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 111
con lo establecido en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para la presentación por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los
Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada
tipo de firma.
b) De no optar por la presentación telemática, las personas interesadas, una vez cumplimentado el impreso por medios electrónicos, deberán imprimir y firmar el documento obtenido y presentarlo en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web de la
Comunidad de Madrid http://www.comunidad.madrid/servicios/informacionatencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no
surtiendo efecto ante la Administración las modificaciones y adiciones realizadas
en la solicitud con posterioridad a su impresión.
c) De efectuarse la presentación en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto,
con objeto de que se proceda a su fechado y sellado por el personal de dicha entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinataria la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Función Pública (Calle
Los Madrazo, número 34, 28014 Madrid).
Asimismo, es posible la utilización en esta entidad del Servicio de Registro Virtual
Electrónico con la Administración (ORVE), que permite el envío de documentos digitalizables con destino a cualquier Administración pública del Estado español.
2. Para participar en los procesos selectivos será obligatorio haber satisfecho la tasa
por derechos de examen por el importe determinado en las respectivas convocatorias, de
conformidad con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos
de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre,
y en aplicación de lo que disponga la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid del año en que tenga lugar la publicación de la correspondiente convocatoria, en los
términos recogidos en las bases específicas de cada convocatoria.
3. Los méritos de la fase de concurso serán aportados, en cada proceso selectivo, de
conformidad con lo que establezcan las bases específicas de la convocatoria, no siendo necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que
figuran en la solicitud, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el tribunal de selección
o los órganos competentes de la Comunidad de Madrid puedan requerir a las personas aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que
hayan sido objeto de valoración.
En ningún caso se valorarán los méritos no alegados o acreditados documentalmente
fuera del plazo habilitado al efecto, de acuerdo con lo recogido en las bases específicas de
cada convocatoria.
4. Cuando el idioma original de las certificaciones, acreditaciones o cualquier otra
documentación constitutiva de mérito sea distinto al castellano, la persona interesada deberá presentar, junto al documento, traducción literal del contenido de estas realizada por persona acreditada como traductora jurada.
5. En la solicitud de admisión en las pruebas selectivas deberá hacerse constar expresamente si se accede por el turno libre, o en su caso, si se accede a través del cupo de reserva para personas con discapacidad que pudiera establecerse para dicho turno, debiendo
optar por uno solo de ellos.
6. El plazo de presentación de solicitudes de los procesos selectivos será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
7. Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de las
pruebas selectivas deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas, sin que, en ningún caso,
BOCM-20210511-10
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 111
con lo establecido en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para la presentación por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los
Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada
tipo de firma.
b) De no optar por la presentación telemática, las personas interesadas, una vez cumplimentado el impreso por medios electrónicos, deberán imprimir y firmar el documento obtenido y presentarlo en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web de la
Comunidad de Madrid http://www.comunidad.madrid/servicios/informacionatencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no
surtiendo efecto ante la Administración las modificaciones y adiciones realizadas
en la solicitud con posterioridad a su impresión.
c) De efectuarse la presentación en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto,
con objeto de que se proceda a su fechado y sellado por el personal de dicha entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinataria la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Función Pública (Calle
Los Madrazo, número 34, 28014 Madrid).
Asimismo, es posible la utilización en esta entidad del Servicio de Registro Virtual
Electrónico con la Administración (ORVE), que permite el envío de documentos digitalizables con destino a cualquier Administración pública del Estado español.
2. Para participar en los procesos selectivos será obligatorio haber satisfecho la tasa
por derechos de examen por el importe determinado en las respectivas convocatorias, de
conformidad con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos
de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre,
y en aplicación de lo que disponga la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid del año en que tenga lugar la publicación de la correspondiente convocatoria, en los
términos recogidos en las bases específicas de cada convocatoria.
3. Los méritos de la fase de concurso serán aportados, en cada proceso selectivo, de
conformidad con lo que establezcan las bases específicas de la convocatoria, no siendo necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que
figuran en la solicitud, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el tribunal de selección
o los órganos competentes de la Comunidad de Madrid puedan requerir a las personas aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que
hayan sido objeto de valoración.
En ningún caso se valorarán los méritos no alegados o acreditados documentalmente
fuera del plazo habilitado al efecto, de acuerdo con lo recogido en las bases específicas de
cada convocatoria.
4. Cuando el idioma original de las certificaciones, acreditaciones o cualquier otra
documentación constitutiva de mérito sea distinto al castellano, la persona interesada deberá presentar, junto al documento, traducción literal del contenido de estas realizada por persona acreditada como traductora jurada.
5. En la solicitud de admisión en las pruebas selectivas deberá hacerse constar expresamente si se accede por el turno libre, o en su caso, si se accede a través del cupo de reserva para personas con discapacidad que pudiera establecerse para dicho turno, debiendo
optar por uno solo de ellos.
6. El plazo de presentación de solicitudes de los procesos selectivos será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
7. Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de las
pruebas selectivas deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas, sin que, en ningún caso,
BOCM-20210511-10
BOCM