C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210510-18)
Intervención previa de requisitos esenciales –  Orden de 29 de abril de 2021, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los requisitos adicionales de la modalidad de fiscalización previa de requisitos esenciales para los expedientes administrativos de ejecución del Instrumento Europeo de Recuperación, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y otros fondos europeos vinculados
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 110

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021

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tratos del Sector Público, está previsto en las bases reguladoras y se corresponde
con lo dispuesto en las mismas.
b) Que en el convenio o contrato figura el contenido mínimo previsto en el artículo
16.3 de la Ley General de Subvenciones y que no tiene una duración superior a la
legalmente prevista y, en el caso de que se previese la posibilidad de prórroga del
convenio, que esta no supera el plazo legalmente establecido.
c) En el caso de que el convenio o contrato prevea pagos anticipados a la entidad colaboradora con exención de la obligación de constituir garantías, que se incorpora autorización de la consejería competente en materia de Hacienda a la inclusión
de dicha exención.
d) Adicionalmente, en el supuesto de que la fase de disposición de gasto se realice
asimismo a favor de una entidad colaboradora, posteriormente, en la fiscalización
previa del acto administrativo de concesión de las subvenciones, se realizarán las
comprobaciones indicadas en el apartado 1.
3. En el supuesto de que las bases reguladoras y la convocatoria establezcan que en
la solicitud de subvención se incorpore la justificación de la realización de la actuación subvencionada, se verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 38 relativo a la fase de reconocimiento de las obligaciones.
Artículo 33
Subvenciones en régimen de concesión directa
1. En los expedientes de subvenciones en régimen de concesión directa en el momento de la fiscalización previa de la fase de disposición del gasto, se comprobará que se
incorpora al expediente:
a) Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa especial reguladora de la subvención, en el caso de existencia de una pluralidad de beneficiarios no singularizados, se aprueba el plan o programa y se autoriza el otorgamiento de subvenciones en el caso de universidades públicas, corporaciones y
entidades locales, o se autoriza la celebración del convenio o acuerdo de colaboración en el caso de un beneficiario singularizado.
b) Informe del órgano instructor identificando el solicitante o solicitantes a los que se
va a conceder la subvención y su cuantía y haciendo constar que de la información
que obra en su poder se desprende que los beneficiarios han aportado toda la documentación establecida en la normativa reguladora y cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a la subvención.
c) Propuesta de resolución del procedimiento que deberá expresar el solicitante o la
relación de solicitantes a los que se va a conceder la subvención y su cuantía. Asimismo se verificará que la propuesta se corresponde con los datos de los documentos contables.
d) Declaración responsable del beneficiario o beneficiarios respecto de la obtención
de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades
subvencionadas.
2. En el supuesto de que la normativa reguladora establezca que en la solicitud de
subvención se incorpore la justificación de la realización de la actuación subvencionada, se
verificará de cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 38 relativo a la fase
de reconocimiento de las obligaciones.
SECCIÓN 3.a

Artículo 34
Tramitación conjunta de la autorización y disposición de gasto en subvenciones de
concesión directa
En los casos de subvenciones de concesión directa en las que se tramiten conjuntamente las fases de autorización y disposición de gasto, en el momento de la fiscalización previa
se procederá a la verificación conjunta de los extremos indicados en los artículos 31 y 33.

BOCM-20210510-18

Tramitación conjunta de la autorización y disposición de gasto
en subvenciones de concesión directa