C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210429-30)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 23 de abril de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de las líneas COVID de ayudas directas a autónomos y empresas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 101

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021

Pág. 111

— Orden HAC/348/2021, de 12 de abril, por la que se concretan los criterios para
asignación de ayudas directas a autónomos y empresas en aplicación de lo dispuesto en el Título I del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la
COVID-19.
2. Objetivos y efectos
Dado el tiempo transcurrido desde el inicio de la pandemia originada por la COVID-19,
se hace necesario adoptar medidas que persigan apoyar la solvencia del sector privado, mediante la provisión a las empresas y autónomos de ayudas directas de carácter finalista, que
permitan satisfacer la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos.
En la mayoría de casos, las empresas y autónomos que se enfrentan en la actualidad a
problemas económicos, gestionaban antes de la pandemia negocios económicamente viables en sectores rentables.
Por ello, no se trata de medidas de rescate de empresas que no eran viables antes de la
COVID-19, sino de actuar para la recuperación y crecimiento de aquellas empresas que, a
pesar de atravesar dificultades, resultan viables.
Estas ayudas van a producir un efecto dinamizador sobre el conjunto de la economía
nacional, ya que no solo va a mejorar la situación económica de los autónomos y empresas
que obtengan las ayudas, sino que, además, al posibilitar que estos puedan liquidar a sus
proveedores y acreedores, ello va a revertir en que el conjunto de la economía resulte beneficiada por esta medida, lográndose con ello la recuperación del tejido productivo y la creación de empleo.
3. Sectores a los que se dirigen las ayudas
Podrán acceder a esta subvención los empresarios o profesionales y entidades adscritos a aquellos sectores que se determinen, cuyo volumen de operaciones anual declarado o
comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente en 2020, haya caído más de un 30 % con respecto a 2019.
A estos efectos se consideran entidades incluidas: las comunidades de bienes, sociedades laborales y sociedades civiles.
Igualmente, podrán ser beneficiarios aquellos empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas adscritos a los sectores definidos en el Anexo I del citado Real decreto Ley.
4. Líneas de subvención
Estas ayudas se articulan a través de dos Líneas COVID de concesión directa a autónomos y empresas:
a) Ayudas financiadas por el Gobierno de España.
b) Ayudas complementarias financiadas por la Comunidad de Madrid.

a) Línea de ayudas financiadas por el Gobierno de España.
Las subvenciones se financian con fondos de la Administración General del Estado, correspondiendo su gestión a la Comunidad de Madrid, imputándose el gasto
al Subconcepto 47300 “Empresas privadas” del Programa 241N “Trabajo Autónomo, Economía Social y Responsabilidad Social en las Empresas”, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de las ayudas
directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España será
de 679.287.790 euros.
b) Línea de ayudas complementarias financiadas por la Comunidad de Madrid.
Estas subvenciones se financian con fondos propios de la Administración de la
Comunidad de Madrid, imputándose el gasto al Subconcepto 47300 “Empresas
privadas” del Programa 241N “Trabajo Autónomo, Economía Social y Responsabilidad Social en las Empresas”, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de
Madrid.

BOCM-20210429-30

5. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación