C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210429-30)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 23 de abril de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de las líneas COVID de ayudas directas a autónomos y empresas
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BOCM
JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 101
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA LÍNEA COVID
DE AYUDAS DIRECTAS A AUTÓNOMOS Y EMPRESAS
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, define las subvenciones como disposiciones dinerarias realizadas por cualquier Administración Pública a favor
de personas públicas o privadas, siempre que se realicen sin contraprestación directa por los
beneficiarios y se dirijan al cumplimiento de un determinado objetivo, ejecución de un proyecto, realización de una actividad o adopción de un comportamiento singular, que tengan
por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción
de una finalidad pública.
Dicha Ley prevé como principio general de gestión, que los órganos de las Administraciones Públicas y cualesquiera entes públicos que propongan el establecimiento de una
subvención pública, deben elaborar, con carácter previo, un plan estratégico de subvenciones en el que se habrán de concretar los objetivos y efectos pretendidos con su aplicación,
el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación,
sometiéndose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
En el mismo sentido, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, reguladora de las subvenciones de
la Comunidad de Madrid, establece que los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de
subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario
para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en
todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que el plan estratégico tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones.
1. Régimen competencial y marco normativo
De conformidad con el artículo 26.1.17 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, esta tiene atribuida la
competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico en la misma, dentro de los
objetivos marcados por la política económica nacional.
El Decreto 287/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad,
atribuye al titular de la Consejería, entre otras, las competencias en materia de desarrollo
general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno en materia de planificación económica, fomento del desarrollo económico, industria, energía, minas, comercio, consumo, autónomos, economía social, trabajo y empleo, responsabilidad
social de las empresas y prevención de riesgos laborales.
Dentro de este ámbito competencial, las subvenciones de estas ayudas se rigen por las
siguientes normas:
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa
de desarrollo.
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.
— Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, de
8 de marzo, Reguladora de las Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2019, prorrogados para el año 2021.
— Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a
la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
— Orden HAC/283/2021, de 25 de marzo, por la que se concretan los aspectos necesarios para la distribución definitiva, entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, de los recursos de la Línea COVID de ayudas directas a
autónomos y empresas prevista en el Título I del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12
de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
BOCM-20210429-30
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 101
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA LÍNEA COVID
DE AYUDAS DIRECTAS A AUTÓNOMOS Y EMPRESAS
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, define las subvenciones como disposiciones dinerarias realizadas por cualquier Administración Pública a favor
de personas públicas o privadas, siempre que se realicen sin contraprestación directa por los
beneficiarios y se dirijan al cumplimiento de un determinado objetivo, ejecución de un proyecto, realización de una actividad o adopción de un comportamiento singular, que tengan
por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción
de una finalidad pública.
Dicha Ley prevé como principio general de gestión, que los órganos de las Administraciones Públicas y cualesquiera entes públicos que propongan el establecimiento de una
subvención pública, deben elaborar, con carácter previo, un plan estratégico de subvenciones en el que se habrán de concretar los objetivos y efectos pretendidos con su aplicación,
el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación,
sometiéndose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
En el mismo sentido, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, reguladora de las subvenciones de
la Comunidad de Madrid, establece que los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de
subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario
para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en
todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que el plan estratégico tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones.
1. Régimen competencial y marco normativo
De conformidad con el artículo 26.1.17 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, esta tiene atribuida la
competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico en la misma, dentro de los
objetivos marcados por la política económica nacional.
El Decreto 287/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad,
atribuye al titular de la Consejería, entre otras, las competencias en materia de desarrollo
general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno en materia de planificación económica, fomento del desarrollo económico, industria, energía, minas, comercio, consumo, autónomos, economía social, trabajo y empleo, responsabilidad
social de las empresas y prevención de riesgos laborales.
Dentro de este ámbito competencial, las subvenciones de estas ayudas se rigen por las
siguientes normas:
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa
de desarrollo.
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.
— Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, de
8 de marzo, Reguladora de las Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2019, prorrogados para el año 2021.
— Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a
la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
— Orden HAC/283/2021, de 25 de marzo, por la que se concretan los aspectos necesarios para la distribución definitiva, entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, de los recursos de la Línea COVID de ayudas directas a
autónomos y empresas prevista en el Título I del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12
de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
BOCM-20210429-30
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