Getafe (BOCM-20210429-61)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 101
Séptima. Descripción del puesto
Funciones.
El puesto de Delegado/Delegada de Protección de Datos tendrá las siguientes funciones:
— Informar y asesorar al Ayuntamiento de Getafe y a los empleados que se ocupen
del tratamiento de datos de las obligaciones que les incumben en virtud de la normativa vigente en materia de Protección de Datos.
— Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente en materia de
Protección de Datos, de seguridad de la información (Esquema Nacional de Seguridad) y en las políticas internas del Ayuntamiento de Getafe en materia de protección de datos personales, incluida la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del personal que participa en las operaciones de
tratamiento, y las auditorías correspondientes.
— Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de las evaluaciones de impacto
relativas a la protección de datos y supervisar su aplicación.
— Cooperar con la Agencia Española de Protección de Datos cuando ésta lo requiera
y actuar como punto de contacto con ésta para cuestiones relativas al tratamiento
de datos.
— Prestar atención a los riesgos asociados a las operaciones de tratamiento. Para lo
que deberá:
d Recabar información para determinar las actividades de tratamiento.
d Analizar y comprobar la conformidad de las actividades de tratamiento.
d Informar, asesorar y emitir recomendaciones al responsable o el encargado del
tratamiento.
d Asesorar en el principio de la protección de datos por diseño y por defecto.
d Asesorar sobre si se lleva a cabo o no las evaluaciones de impacto, metodología, salvaguardas a aplicar, etc.
d Priorizar actividades en base a los riesgos.
Aplicar a los tratamientos de datos personales las medidas de seguridad que correspondan de las previstas en el Esquema Nacional de Seguridad, así como impulsar un grado de
implementación de medidas equivalentes en las empresas o fundaciones del Sector Público Municipal y en los concesionarios y contratistas del Ayuntamiento.
En relación con la adecuación de los sistemas municipales a las disposiciones de Esquema Nacional de Seguridad se aplicará y actualizará la Política de Seguridad del Ayuntamiento desarrollando los siguientes requisitos mínimos:
a) Organización e implantación del proceso de seguridad.
b) Análisis y gestión de los riesgos.
c) Gestión de personal.
d) Profesionalidad.
e) Autorización y control de los accesos.
f) Protección de las instalaciones.
g) Adquisición de productos.
h) Seguridad por defecto.
i) Integridad y actualización del sistema.
j) Protección de la información almacenada y en tránsito.
k) Prevención ante otros sistemas de información interconectados.
l) Registro de actividad.
m) Incidentes de seguridad.
n) Continuidad de la actividad.
o) Mejora continua del proceso de seguridad.
Para dar cumplimiento a los requisitos mínimos se aplicarán las medidas de seguridad
referidas a los marcos operacional y organizativo y de protección definidas en el anexo II
del ENS.
BOCM-20210429-61
Pág. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 101
Séptima. Descripción del puesto
Funciones.
El puesto de Delegado/Delegada de Protección de Datos tendrá las siguientes funciones:
— Informar y asesorar al Ayuntamiento de Getafe y a los empleados que se ocupen
del tratamiento de datos de las obligaciones que les incumben en virtud de la normativa vigente en materia de Protección de Datos.
— Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente en materia de
Protección de Datos, de seguridad de la información (Esquema Nacional de Seguridad) y en las políticas internas del Ayuntamiento de Getafe en materia de protección de datos personales, incluida la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del personal que participa en las operaciones de
tratamiento, y las auditorías correspondientes.
— Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de las evaluaciones de impacto
relativas a la protección de datos y supervisar su aplicación.
— Cooperar con la Agencia Española de Protección de Datos cuando ésta lo requiera
y actuar como punto de contacto con ésta para cuestiones relativas al tratamiento
de datos.
— Prestar atención a los riesgos asociados a las operaciones de tratamiento. Para lo
que deberá:
d Recabar información para determinar las actividades de tratamiento.
d Analizar y comprobar la conformidad de las actividades de tratamiento.
d Informar, asesorar y emitir recomendaciones al responsable o el encargado del
tratamiento.
d Asesorar en el principio de la protección de datos por diseño y por defecto.
d Asesorar sobre si se lleva a cabo o no las evaluaciones de impacto, metodología, salvaguardas a aplicar, etc.
d Priorizar actividades en base a los riesgos.
Aplicar a los tratamientos de datos personales las medidas de seguridad que correspondan de las previstas en el Esquema Nacional de Seguridad, así como impulsar un grado de
implementación de medidas equivalentes en las empresas o fundaciones del Sector Público Municipal y en los concesionarios y contratistas del Ayuntamiento.
En relación con la adecuación de los sistemas municipales a las disposiciones de Esquema Nacional de Seguridad se aplicará y actualizará la Política de Seguridad del Ayuntamiento desarrollando los siguientes requisitos mínimos:
a) Organización e implantación del proceso de seguridad.
b) Análisis y gestión de los riesgos.
c) Gestión de personal.
d) Profesionalidad.
e) Autorización y control de los accesos.
f) Protección de las instalaciones.
g) Adquisición de productos.
h) Seguridad por defecto.
i) Integridad y actualización del sistema.
j) Protección de la información almacenada y en tránsito.
k) Prevención ante otros sistemas de información interconectados.
l) Registro de actividad.
m) Incidentes de seguridad.
n) Continuidad de la actividad.
o) Mejora continua del proceso de seguridad.
Para dar cumplimiento a los requisitos mínimos se aplicarán las medidas de seguridad
referidas a los marcos operacional y organizativo y de protección definidas en el anexo II
del ENS.
BOCM-20210429-61
Pág. 218
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