D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20210429-38)
Convenio –  Convenio de 20 de abril de 2021, de cooperación educativa entre la Universidad Rey Juan Carlos y el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) para el desarrollo de prácticas académicas externas y trabajos de fin de grado y máster
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 172

JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 101

Segunda
Compromisos de las partes
1. Durante la realización de las prácticas, el IMIDRA tendrá las siguientes obligaciones:
— Seleccionar al/los estudiante/s que considere más idóneo/s para la realización de
las prácticas.
— Informar al estudiante de su organización interna, funcionamiento y normativa sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.
— Designar un tutor profesional de prácticas encargado de acoger al estudiante y organizar su actividad con arreglo al proyecto formativo. El tutor será un técnico del
IMIDRA relacionado con la materia objeto de las prácticas.
— Prestar ayuda y asistencia al estudiante durante su estancia en prácticas.
— Elaborar los informes preceptivos con la evaluación del rendimiento y el aprovechamiento de las prácticas por parte del estudiante, según modelos facilitados por
la URJC.
— Comunicar a la Universidad eventuales renuncias o bajas anticipadas.
— Facilitar a cada estudiante un certificado acreditativo de sus prácticas.
— Cumplir aquellas otras obligaciones previstas en la normativa vigente y que resulten de aplicación.
2. Durante la realización de las prácticas, la URJC tendrá las siguientes obligaciones:
— Establecer procedimientos de gestión de las ofertas: difusión, solicitudes adjudicación de las prácticas académicas, de conformidad con criterios objetivos previamente fijados, y garantizando, en todo caso, los principios de transparencia e
igualdad de oportunidades.
— Realizar una preselección de los candidatos interesados en las prácticas ofertadas.
— Designar un tutor académico, que será responsable de la orientación y supervisión
de las prácticas y, en su caso, de la validación académica previa y de la evaluación
final del estudiante.
— El reconocimiento académico de las prácticas en cuanto a su ponderación en el expediente del estudiante y acreditación por la Universidad de su desarrollo.
— Comunicar al IMIDRA eventuales renuncias o bajas anticipadas.
— Cumplir aquellas otras obligaciones previstas en la normativa vigente.
Tercera
a) Podrán realizar las prácticas descritas, al amparo de este convenio, los estudiantes
que cumplan los requisitos establecidos por la legislación vigente y la normativa
de la URJC. La selección de estudiantes se realizará según lo establecido en la
cláusula segunda.
b) La selección de estudiantes que llevarán a cabo las prácticas objeto del presente
Convenio de Cooperación Educativa se realizará garantizando, en todo caso, los
principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de
oportunidades. El IMIDRA deberá disponer de los recursos necesarios para el acceso y desarrollo de las prácticas en el caso de estudiantes con discapacidad.
c) Las prácticas externas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de estudios correspondiente en los términos establecidos por el artículo 12.6 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real Decreto 43/2015, por el que, en
ningún caso, podrán superar el 25 por ciento del total de los créditos del título.
d) Las prácticas externas extracurriculares tendrán una duración preferentemente no
superior al cincuenta por ciento del curso académico, sin perjuicio de lo que fijen
las universidades, procurando el aseguramiento del correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas del estudiante.
Cuarta
Tutores
La URJC, una vez establecido el proyecto formativo de acuerdo con el IMIDRA, nombrará un tutor académico de entre su profesorado, que tendrá como función el asesoramien-

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Selección de estudiantes y duración de las prácticas